martes, 25 de marzo de 2008
ingles 2 unidep
UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO PROFESIONAL
CAMPUS NOGALES
INGLES 2
LIC. LUIS ALEJANDRO BASURTO ALVAREZ
NOTA, HAY QUE ACOMODAR BIEN EL ORDEN DE LAS PALABRAS Y LOS VERBOS ANTES DE IMPRIMIR
LOS VERBOS VIENEN MAS ABAJO, BUSQUENLOS
UNIT 8
RECORDATORIO
Third Person.
Las terceras personas son, HE, SHE, IT en singular y en Plural son They, You
Pero cuando hablamos de un verbo en tercera persona, se agrega una “S” al final del verbo, es decir, al verbo se agrega “S” ejemplo:
Con el verbo Work
I ----- Work _______ tercera persona
You ----- Work ______ He Wprks, eats etc.
They ---- Work _____ She Works, eats etc.
We ---- Work _____ It Works, eats etc.
Put a circle on correct answer between the words that are underline
Hi I’m Kevin I Live o Lives in London. I speak o speaks English and Italian. My wife speak o speaks our children. Fred and Sara Speak o speaks English and Italian. At school they sing o sings English songs. We live o lives in a big home
Every day I eat o eats a hamburger and I clean o cleans the house. Every day my wife cook o cooks dinner, and she clean o cleans The garage. Every day my wife and I read o reads the newspaper, we drink o drinks tea and watch tv. He like o likes baywatch
ACOMODA LA PALABRA COMO DEBE SER
YSREA________ MUMSER___________ EVSNE_________ EUJN________
WONS_______ RWMA________ DYEEDWNSA_________ TAHRE_______
NPICEL_______ ORRYS_________ DTIRE_________ YRGAN_________
OMPTUCRE_____________ TOMNH_____________ XBO___________
DMOAYN___________ AUNJRYA______________ ETHRAWE___________
GERUND
El gerundio de los verbos se forma “ING” al infinitivo, suprimiendo la partícula “TO”. Going, Working, reading, saying, songerundios con la terminacion “ING”.
Esta terminacion corresponde a los sufijos ando y iendo.
Going – yendo, working--- trabajando, reading--- leyendo, saying--- diciendo.
Si el infinitive termina en “E” se suprime la “E” antes de agregar “ING” ejemplos.
Come---coming, write---writing, use---using. Exepciones: Being, Seeing.
Verbos monosílabos que terminan en una sola consonante, precedida de una sola vocal, se deplicara la consonate final, antes de agregar “ING” ejemplo PUT--- PUTTING.
CUT -- Cutting Jog—Jogging I’m studying Isn’t he studying?
I’m not studying she Isn’t studying. Are they writing? ETC.
Face______________ hand ______________ borrad _______________
Nice _____________ mark ______________ phone _______________
Car ______________ jog _______________ cut __________________
Put_______________ key ______________ boar ________________
Print ______________ finger _____________ arm _________________
Computer __________ red _______________ nail _________________
Blue _____________ date ______________ gold ________________
Write the correct answer on the blank space
1.- CINCO ____RED
2.- SHY ____VERGONSOZO
3.- GUILTY ____DIEZ
4.- BOY ____NINETEEN
5.- TEN ____HAILING
6.- STORM ____ONE HANDRED
7.- GRANISO ____COMPROMISO
8.- 101 ____FIVE
9.- 13 ____LOVE
10.- 30 ____CULPABLE
11.- 99 ____NINETY-NINE
12.- 19 ____THIRTEEN
13.- CARRO ____TIRTY
14.- ROJO ____AUTO
15.- DATE ____MUCHACHO
underline the correct plural:
A)Red: reds red redies
B) Black: Black Blacks Blaves
C)wife: Wifes wives wifies
D)Mouse: mousse mousy mice
E)Box: boxs boxes boxese
F) Man: mans men mens
G)tooth: tooths toots teeth
H) Sad: sads sadies sades sad
The articles A and AN
Estos artículos no son Reglas de Gramática, son reglas de pronunciación. Significan
A y AN (un, uno,una). No son para plurales.
El artículo “A” es para palabras que inician con SONIDO de Consonante.
El artículo “AN” es para palabras que inician con sonido de vocal.
Ejemplo.
A horse a car an apple an amaerican girl an orange
An hour a universe a unicorn etc.
Ejercicio:
___car _____house ____flowers _____pen
____book _____notebook ____women _____school
____ honest person ______ apple ____ hour ____unicycle
_____ hairspary _____ children
UNIT 9
WHAT WORD DOESN’T BELONG IN THE GROUP
EXAMPLE.- 1.- A) JULY B) MAY C) SUNDAY D) APRIL
2.- A) SUMMER B) WINTER C) FALL D) COLD
3.- A) RAIN B) SNOW C) RAINY D) RAINING
4.- A) WIND B) PLUTO C) MARS D) SATURN
5.- A) DOOR B) WINDOWS C) ROOM D) GIRL
6.- A) MEN B) WOMEN C) GIRLS D)BOY
7.- A) COMPUTER B) DESK C) TEACHER D) FLOOR
8.- A) MOTHER B) FATHER C)COUSIN D) DAUGHTER E)SON
9.- A) NURSE B) DACTOR C) HOSPITAL D)AIRPLANE
10.- A) STUDENT B) STUDENTS C) SCHOOL D) FACTORY
11.- A) STEP-SISTER B) STEP-FAMILY C) STEP-FATHER D) STEP-COUSIN
12.- A) MOTHER B) FATHER C)COUSIN D) DAUGHTER E)SON
13.- A) R. MARTIN B) E. IGLESIAS C) CRISTINA AGULERA D) L. MIGUEL
14.- A) BASKETBALL B) BASEBALL C) FOOTBALL D) HOCKEY
15.- A) GIRL B) WOMAN C) LADY D) HUSBAND
Plurals.
Hay 6 reglas en cuanto al manejo de plurales.
1.- A casi todas las palabras, se les agrega la “S” al final, para hacer el plural.
Ejemplo: Car --- Cars, Dog ---- Dogs, Hand --- hands
2.- A las palabras terminadas en “Y” se quita la “Y” y se agrega “IES”
Ejemplos: Baby --- Banies, City --- Cities, Country ---- Countries.
Exepcion BOYS, Days
3.- A las palabras terminadas en “F” o “FE” se quita la “F” o “FE” y se agrega “VES” ejemplos: LIFE ---- LIVES, WIFE --- WIVES WOLF - WOLVES
4.- A las palabras terminadas en (X, Z, S, CH, SH, O, SS) se agrega “ES” ejemplos:
Watch --- Watches, Box --- Boxes, Church ---- Churches.
5.- Hay algunas palabras irregulars, porque cambia totalmente su plural.
Ejemplos: CHILD ---- CHILDREN MAN --- MEN FOOT --- FEET
WOMAN --- WOMEN TOOTH ---- TEETH MOUSE --- MICE
PERSON --- PEOPLE SHEEP – SHEEP WATER - WATER
6.- En la cuestión de adjetivos, no tienen plural, ni singular, ni femenino, ni masculino. Ejemplos happy, sad, good, red etc. Su plural es con el verbo es decir
The Cari s red ---- singular the cars are red ---- plural
Se fijan que el adjetivo no cambia, solo cambio el verbo y el sustantivo.
Use IS or ARE
1.- The apples _____ small -------- 2.- the car _____ red
3.- The basketball players ____ in the game. ----- 4.- The production line ___ busy. -------
5.- The Mexican girl ___ beautiful. 6.- ____ Maria and Karla in the house?
7.- ___ he tall? 8.-____ she smart?
9.- _____ the players going to play? 10.- the women ____ in school?
11.- The Law _____ for everyone. 12.- Laura ____ in the mall
13.- _____ the men going to work? 14.- they ___ in school.
15.- The computer ___ in the house 16.- you ____ young
17.- the phone ____ blue 18.- we ____ in the store.
A Plural
Law___________ Computer____________ Black___________
Disk___________ Man________________ Happy__________
Sky____________ Ring________________ Church__________
Box____________ Wife________________ Loaf____________
Life____________ City________________ Car_____________
Cat____________ Tiger_______________ Hawk___________
Architect Bank Bank President class
Clerk Company Director Conductor Dance
Dance instructor doctor engineer Homemaker
Language lawyer accountant name
Receptionist sales man sales manager secretary
Singer supervisor typist here
On vacation retired and Form
In
UNCERLINE THE CORRECT ANSWER
1.- My grammar book ( is / are ) red.
2.- Some of my books ( is / are ) on my desk.
3.- one of my books ( is / are ) blue and green.
4.- My favorite colors ( is / are ) red and yellow.
5.- Sue’s favorite color ( is / are ) green.
6.- one of my favorites colors ( is / are ) red.
7.- My best friends ( lives / live ) in Brazil.
8.- One of my best friends ( lives / live ) in Australia.
9.- Some of the students in my class ( has / have ) lap-top computers.
10.- One of the students in Pablo’s class ( has / have ) a mustache.
11.- None of the these letters ( is / are ) for you.
12.- None of this mail ( is / are ) for you.
Exercise 17.- Complete the sentences with IS or ARE.
1.- Some of the children’s toys ________ broken.
2.- Most of my classmates _________ always on time for class.
3.- One of my classmates _________ always late.
4.- All of my friends ___________ kind people.
5.- One of my friends __________ Sam Brown.
6.- Most of the rivers in the world ___________ polluted.
7.- Some of the Pacific Ocean ___________ badly polluted.
8.- Most of this page __________ white.
9.- most of the pages in this book _____________ full of grammar exercises.
10.- One of the pages in this book __________ the title page.
Choose the correct answer.
1.- I’m looking for a ___________
a) mittens b) pair of mittens c) umbrella d) blouses
2.- But those are____________
a) gloves green b) green gloves c) green glove d) glove green
3.- here’s an ______ hat a) very nice b) wool c) inexpensive d) pretty
4.- Those ________ are small
a) gloves b) pair of gloves c) glove d) dress
5.- there’s a ________ on the chair.
a) earring b) mitten c) watches d) pants
6.- I’m looking for a ______
a) socks b) striped c) jeans d) briefcase
7.- those are very expensive_______
a) dress b) watches c) sock d) necklace
8.- ________ are over there
a) glasses b) purse c) blouse d) glove
9.- ______ this your earring? a) is b) are c) his d) here’s
10.- purple ________ are very popular this year
a) sports jacket b) sunglass c) pajamas d) purse
Underline the correct word
1.- My father’s sister is my______
a) cousin b) daughter c) grandmother d) aunt
2.- Are ________ your pencils? a) this b) those c) that d) these are
3.- There aren’t any ______ in this neighborhood
a) book store b) clinic c) parks d) cafeteria
4.- those _______are large
a) houses b) house c) house’s d) office
5.- she’s my ________ a) husband b) niece c) brother d) nephew
6.- ______ many windows are there in the living room?
a) who b) what c) are d) how
7.- my children are doing ________ homework
a) their b) there c) these d) they’re
8.- my favorite color is_______-
a) broken b) blue c) big d) bag
9.- Mrs. Chen is _________ in the park
a) raining b) feeding c) reading d) fixing
10.- Nice to _______ you
a).- hello b) spell c) tell d) meet
11.- there aren’t any _______ here
a) children b) man c) child d) parent
12.- He’s swimming _______ the beach
a) in b) at c) for d) on
13.- what’s he doing?
He’s ________ the rug a) watching b) vacuuming c) painting d) looking
14.- what’s your name?
_______ name is Pat a) My b) His c) Her d) Your
15- what are you doing?
We’re _________ a.- cook b- cooking c- our cooking d- are cooking
16.- is you DVD old?
No, it isn’t. It’s ____ a- tall b- young c- quiet d) new
The New Shopping Mall
Everybody in Brewster is talking about the city’s new shopping mall. The mall is outside the city, next to the Brewster airport. There are more than one hundred stores in the mall.
There are two big department stores for men, women, and children. There’s a book store, and there’s a video store. There are two drug stores, and there are four restaurants. There’s even a large movie theater.
Almost all the people in Brewster are happy, that their city’s new shopping mall is now open, but some people aren’t happy. The owners old small stores in the old center of town are very upset. They’re upset because many people aren’t shopping in the stores in the center of town. They’re shopping at the new mall.
Reading check-up
1.- Everybody in Brewster is _____
a) at the airport
b) outside the city
c) talking about the mall
2.- In the mall, there are ____
a) two video stores
b) two drug stores
c) two restaurants
3.- In the mall, there are ____
a) book stores and cafeterias
b) restaurants and drug stores
c) clothing stores and video stores
4.- The store owners in the center of town are upset because ____
a) people aren’t shopping in their stores
b) people aren’t shopping at the mall
c) they’re very old
AMY’S APARTMENT BUILDING
Amy’s apartment building is in the center of town. Amy is very happy there because the building is in a very convenient place.
Across from the building there’s a bank, a post office, and a restaurant. Next to the building there’s a drug store and a laundromat. Around the corner from the building, there are two supermarkets.
There’s a lot of noise near Amy’s apartment building. There are a lot of cars on the street, and there are a lot of people on the sidewalks all day and all night.
However, Amy isn’t very upset about the noise in her neighborhood. Her building is in the center of town, It’s a very busy place, but it’s convenient place to live.
Reading check-up
what’s the answer
1.- where is Amy’s apartment Building? ____________________________________
2.- what’s across from her building? _______________________________________
3.- is there a laundromat near her building? __________________________________
4.- why is there a lot of noise near Amy’s building? ___________________________
5.- why is Amy happy there? _____________________________________________
TRUE OR FALSE
6.- Amy’s apartment is in a convenient place? ____
7.- There’s a drug store around the corner from her building _____
8.- there are two supermarkets in her neighborhood. _______________
9.- there are a lot old cars on the sidewalk ________________
10.- the center of town is very noisy ____
Guess the Word - Animals
Instructions: Read the clue, then choose the correct word.
When you are finished, click the Check button to see how you did.
Click the button beside this number for the correct word number:
dolphins whales parrot giraffe elephant
cheetah dog ostrich tigers people
Example: This animal says "meow." cat
1.- This animal has a very long neck. ____________________________
2. This bird has a very long neck. It cannot fly. _________________________
3. These animals have orange and black stripes.
They eat meat and live in the jungle. ______________________________
4. These animals are the largest animals in the ocean.
They are not fish, they are mammals. _____________________
5. This animal makes a good pet. It can also protect your house_________________.
6. This animal can run very fast. It lives in Africa. ___________________
7. This animal is the largest land mammal in the world. ___________________
8. These animals live in the ocean. They are very intelligent and playful. ______________
9. This bird has beautiful feathers. It lives in the Amazon Jungle. _________________
10. These animals can speak. They also study and work every day! ________________
Mixed Up Vocabulary Words - Fruit
This fruit is very big: RANTEWLMEO __________________
This fruit is popular at Halloween: KPNUMIP __________________
This fruit has the name of its color: GAEORN _________________
These are yellow and very sour: OLSENM ____________________
Monkeys love these: AAABNNS _____________________
This fruit comes from Australia: IKWI ___________________
These are orange, and a little bit hairy: EESCHAP ____________________
UNIT 11
Past tense of BE
El tiempo pasado del verbo BE (am, is, are) es: de am y is es WAS. Y el pasado de ARE es WERE.
En tanto la negación: WAS NOT = WASN’T
WERE NOT = WEREN’T
I THEY
HE WE WERE
SHE WAS YOU
IT
Afirmativo: Negativo: Interrogativo Interrg. Negativo.
I WAS I WASN’T WAS I ? WASN’T I ?
YOU WERE YOU WEREN’T WERE YOU ? WEREN’T YOU ?
HE WAS HE WASN´T WAS HE ? WASN’T HE ?
SHE WAS SHE WASN’T WAS SHE ? WASN’T SHE ?
IT WAS IT WASN’T WAS IT ? WASN’T IT ?
THEY WERE THEY WEREN’T WERE THEY? WEREN’T THEY ?
WE WERE WE WERE’NT WERE WE ? WEREN’T WE ?
I WAS SICK
WERE YOU SAD?
YOU WEREN’T HAPPY?
WAS o WERE.
we ______ very depressed last Monday. The weather _____ terrible. It ______ cold and Foggy. My wife _____ sick, and the neighbor _____ angry because my children _____ Noisy
UsE Was, Were, Wasn’t, Weren’t.
A) _____ Jennifer at school yesterday?
B) No, she ___________. she __________ sick.
A) Why ___________ Jane and Betty upset?
B) They ___________ upset because the weather __________ good.
A) Where __________ you and Lois last night? We called you, but you ___________ at home.
B) We ____________ at the movies.
A) and you ________ at the hotel, No We _______, We ________ with my friend at a party
B) oh! That’s great, but my brother ________ looking for you.
A) tell him sorry, but we _________ busy. And He ________ ( NEG) at home when We call, then We call my friend Lucas and he ______ there, later we went to see a movie that _______ fun, (neg)
We decide to go eat, and the apples _______ delicious. Lucas _______ (neg) very hungry, and I ate all of the food.
UsE Was, Were, Wasn’t, Weren’t
I ________ very happy yesterday morning. The sky ________ full of birds.
My sister ________ warm and sick. There ____________ flowers in the garden.
There __________ a dog at the window.
My daughter ___________ at school, and my husband and I _____________ on vacation.
Before I Painted my room. It __________ ugly.
Last week the weather _________ warm, and the children __________ young, they _______ always noisy.
________ Mary at the party last night?, yes she ___________, but she _______ having a good time.
________ Fred and Tom at the party?, no they __________ why not, Fred ________ feeling good, and Tom ________ busy, by the way Why __________ you upset last night?,
because I missed the train, and I __________ late, when I arrived at the party,
there __________ any food. I ________ hungry all night.
What _______ Jane doing at the party? She sat in a corner. She__________ talking, and she ________ dancing, I think she __________ tired.
_________ you at Roberts Party? Yes I __________. The food and the music _______ wonderful, and all my friends __________ there.
REGULAR AND IRREGULAR VERBS
Los verbos regulares y irregulars, para formar su pasado, tienen siertas reglas, los regulares, se agrega “ED” o “D” al final de la palabra; pero los irregulars, NO es decir cambian totalmente su forma.
Si la palabra contienen la ultima letra que se “E”, solo se agrega “D”, pero si no tiene tal letra se agrega “ED” y a los verbos que terminan en “Y” se quita la “Y” y se agrega “IED”
Para la pronunciación de la terminación “ED” hay 3 Reglas
1.- si la palabra termina en “D” o “T” la terminación “ED” se pronuncia como una silaba más. ejemplo
visit visited pronunciation visited
wait waited want wanted need needed
2.- si la palabra termina con sonido de “C, CH, F, K, P, S, SH, X” la terminación “ED” se pronuncia como “T”, incorporando el sonido de la “T” en la pronunciación de la ultima sílaba, o cuando el verbo conste de una sola sílaba en esta misma..
Ejemplo:
Ask ---- asked pronunciation askt like ---- liked pronunciation likt
Look ---- looked lookt talk ---- talked talkt
3.- en todos los demás casos, la terminación “ED” se pronuncia, haciendo muda la “E”
ejemplo
call ---- called pronunciation cald
clean ----- cleaned cleand
Y study studied stay stayed clap clapped
Worry worried play played stop stopped
Cry cried enjoy enjoyed
Verbos Regulares
SOME VERBS :
Administrate answer appreciate Arrive ask attend Attract beg believe Belong board boil Bother broil build Cable call carry Change chat claim
Clean climb close Collect compete complete Confirm consider continue Constitute contradict cook Copy invite introduce Inspect import hurry Hope help happen
Guess greet furnish Fry flatter finish Fill fasten extend Expect excuse exchange Examine entertain enter Enjoy employ eliminate Effect dress dream
Discuss die demand Decorate declare decide Deal cross join Provide land pull Learn reach like Receive list recommend Live reduce look
Register love mail Regulate manufacture mark Relax remember mention Rent miss represent Move require reserve Return note obtain Sail open save
Order separate overlook Serve share shave Shoot owe pack Paint park show Sign perform pick Plan play smell Smoke spread snow
Prefer start stop Present stay study Prepare print suggest Process supply produce Suppose promise surprise Prove sweep vote Wait talk thank
Tip walk want Waste toss watch Touch travel weep Weigh welcome wish Work worry wrap Treat try turn Type unpack use visit
IRREGULARS VERBS
Son los que cambian totalmente su forma. No hay regla especifica, hay que aprenderlos.
Algunos Verbos Irregulares:
PRESENTE PASADO PARTICIPIO
Be Was, Were BEEN
Beat beat BEATEN
Become became BECOME
Begin began BEGUN
Break broke BROKEN
Blow Blew BLOWN
Bring brought BROUGHT
Buy bought BOUGHT
Can could ---------------
Catch caught CAUGHT
Choose chose CHOSEN
Come came COME
Cost cost COST
Cut cut CUT
Dig dug, digged DUG
Do did DONE
Drink drank DRUNK
Drive drove DRIVEN
Eat ate EATEN
Fall fell FALLEN
Feed fed FED
Feel felt FELT
Fight fought FOUGHT
Fly flew FLOWN
Forget forgot FORGOTTEN
Go went GONE
Go back went back GONE BACK
Freeze froze FROZEN
Get got GOTTEN
Get up got up GOTTEN UP
Give gave GIVEN
Grow grew GROWN
Hang hung HUNG
Have had HAD
Hear heard HEARD
Hit hit HIT
Hold held HELD
Hurt hurt HURT
Keep kept KEPT
Know knew KNOWN
Lay laid LAID
Lead led LED
Leap lept, leaped LEAPT
Leave left LEFT
Lend lent LENT
Let let LET
Lie lay LAIN
Lose lost LOST
Make made MADE
Sale, for sale sold SOLD
May might ---------
Mean meant MEANT
Meet met MET
Must ---------- ----------
Ought ought -----------
Pay paid PAID
Put put PUT
Read read READ
Put on put on PUT ON
Ride rodE RIDDEN
Ring rang RUNG
Rise rose RISEN
Run ran RUN
Say said SAID
See saw SEEN
Sell sold SOLD
Send sent SENT
Set set SET
Sew sewed SEWN
Shake shook SHAKEN
Shall should ------------
Shine shone SHONE
Sing sung, sang SUNG
Shrink shrank, shrunk SHRUNKEN
Sink sunk SUNK
Sit sat SAT
Sleep slept SLEPT
Speak spoke SPOKEN
Spend spent SPENT
Stand stood STOOD
Steal stole STOLEN
Swim swam SWUM
Swing swung SWUNG
Take took TAKEN
Teach taught TAUGHT
Tear tore TORN
Tell told TOLD
Think thought THOUGHT
Understand understood UNDRESTOOD
Wake woke, waked WAKED
Wet wet WET
Wear wore WORN
Will would ---------
Win won WON
Write wrote WRITTEN
1.- Coloca una “R” si el verbo es Regular. Coloca una “I” si el verbo es Irregular
_____Add ____ deal ____ was, were ___begin ____help _____cut
____change ____cook ____bring ___cost ___love ____come
____call ____put ____mail ____get ____copy ___sing
II.- Pon en presente los siguientes verbos.
__________wet __________worked _______paid _______set _______played
_______blew ______wanted _____gave ______did _______opened _____lived
III.- 3.- Pon los siguientes verbos en pasado.
__________agree ______call ______ chat _______become _______catch
_______leap _______ride _______lose ________sleep _________wish
31 Utiliza el : Could - couldn’t - can - can’t
When I first arrived in this country. I was embarrassed because I ___________ speak English. Now I’m happy because I __________ English very well.
______________ betty read when she was three years old? Yes she ___________ she was very bright.
We __________________ finish our dinner last night because we were too full.
My brother is very talented. He ____________ speak three languages.
Lois ___________ buy anything at the store because she didn’t have any money.
When I was young, I ______________ go dancing every night. I was very energetic.
Sherley is upset because her younger sister ___________ sing beautifully, and she ___________________.
__________________ Stuart go to school yesterday? No, he ___________. He was too sick.
Mary _____________ play on the basketball team when she was young because she was too short, but she wasn’t upset because she _____________ play on the baseball team.
ED or -ING
He's such a monotonous speaker. I was ________________ stiff. (bored / boring)
Most sequels are ________________. (disappointed / disappointing)
had such a ________________ day I went straight to bed. (tired / tiring)
I don't like watching ________________ films on my own. (depressed / depressing)
I was ________________ when she told me she got divorced. (amazed / amazing)
He's such a ________________ guy. He only ever talks about himself. (bored / boring)
No one knew what would happen next. We were all __________ (intrigued / intriguing)
WHAT DID EVERYBODY DO?
Bark clean cry drink eat ride sing sit skate write
1. a. what did James do today? b. __________ his apartment all day.
2. what did your sister to day? b. __________ letters all morning.
3. a. what did Mr. and Mrs. Porter do yesterday?
b. ___________ songs all evening.
4. a. what did you and your friends do today? b. _____ in the park all afternoon.
5. a. what did Linda do yesterday? b. _______ lemonade all morning.
6. a. what did jimmy do today? b. _______ candy and cookies all day.
7. a. what did Mrs. Maso´n children do today? b. __________ all afternoon.
8. a. what did the neighbors dogs do yesterday? b. ___________ all night.
9. a. what did Howard do yesterday? b. ________ in the clinic all evening.
10. a. what did Grandma do today? b. ________ her bicycle all afternoon.
GROUP A: final -ed is pronounced t after voiceless sounds:
1. walked 5. watched 9. kissed 13. laughed
2. worked 6.touched 10. erased 14. coughed
3. cooked 7.washed 11.helped
4. asked 8. finished 12.stopped
15. I _________ TV. Last night.
16. Anna ________ to class yesterday instead of taking the bus.
17. I __________ the diry diches after dinner last night.
18. Jim __________ the board with an eraser.
19. Ribert loves his daughter. He __________ her on the forehead.
20. the joke was funny. We at the funny story.
21. the rain _________ a few minutes ago. The sky is clear now.
22. I worked for theree hours last night. I __________ my homework about nine o´clock.
23. Steve __________ my shoulder with his hand to get my attencion.
24. Mr. Wilson in his garden yesterday morning.
25. Judy __________ because she was sick. She had the flu.
26.Don is a good cook. He _________ some delicious food last night.
27. Linda _________ a question in class yesterday.
28. I had a problem with my homework. The teacher _________ me before class.
GROUP B: final- ed is pronounced /d/ after voiced sounds:
1.rained 5. smiled 9. enjoyed
2. signed 6. sneezed 10. snowed
3. shaved 7. closed
4. arrived 8.played
13. it´s Winter. The ground is white because it _________ yesterday.
14. Anita ________ in this city three weeks ago. She _______ at the airport on September 3 rd.
15. The girls and boys __________ baseball after school yesterday.
16. When all got a new credit card, he ________ his name in ink on the back of the card.
17. Rick used to have a beard, but now he doesn´t. he ______ this morning.
18. The students´tedt papers were very good. The teacher, Mr. Jackson, was very pleased. He ________ when he returnes the test papers.
19. I ________ the party las night. It was fun. I had a good time.
20. the window was open Mr. Chan ________ it because it was cold outside.
21. The streets were wet thid morning because it _________ last night.
22. Achoo! When Judy ___________Ken said Bless you, Oscar said, gesundheit.
Enjoy clap carry rub stay fail wait cry smiled
6.- We ______ the play at theater last night. It was very good.
7.- At the theater las night, the audience ________ when the play was over.
8.- Ann ______ her suitcases to the bus station yesterday. They weren’t heavy.
9.- The baby _______ her eyes because she was sleepy.
10.- ______ home and watched a sad movie an TV last night. I ________ at the end of the movie.
11.- Mike _______ his examination last week. His grade was “F”.
12.- Jane _______ at the children. She was happy to see them.
EXERCISE 14: Write the correct spelling of the –ed form. Then write the correct pronunciation of the –ed form: /t/, /d/, or/ ed/.
-ED FROM
1. Wait wait -- / ed /
2. spell spell -- / d /
3. kiss kiss -- / t /
4. plan _______ _______
5. join _____ ________
6. hope ___ _________
7. drop __ _______
8. add ___ ________
9. point _____ _______
10. pat ___ _____
11. shour ___ ______
12. reply ___ _____
13. play ____ ______
14. tuch ____ _____
15. end ____ :_____
EXERCISE 21: Complete the sentences. Use the words in parentheses. Use SIMPLE PRESENT, PRESENT PROGREESSIVE, or SIMPLE PAST. Pay attention to spelling and pronunciation.
I (get) ____ up at eight o’clock yesterday morning.
Mary (talk) ____ to John on the phone last night.
Mary (talk) ____ to John on the pone right now.
Mary (talk) ____ to John on the phone every day.
Jim and I (eat) ___ lunch at the cafeteria two hour ago.
We (eat) ____ lunch at the cafeteria every day.
I (go) ___ to bed early last night.
My roommate (study) ____ spanish last year.
Sue (write) _____ a letter to her parents yesterday.
Sue (write) _____ a letter to her parents every week.
Sue is in her room right now. She (sit) ___ at her desk.
Maria (do) ____ her homeworklast night.
Yesterday I (see) ____ Fumiko at the library.
I (have) ___ a dream last night. I (dream) ____ about my friends. I
(sleep) _____ for eight hours.
A strange thing (happen) _____ to me yesterday. I couldn’t remember my own telephone number.
My wife (come) _____ home around five every day.
Yesterday she (come) _____ home at 5:15.
Our teacher (stand) ____ in the middle of the room right now.
Our teacher (stand) _____ in the front of the room yesterday.
Tom (put) _____ the butter in the refrigerator yesterday.
He (put) ____ the milk in the refrigerator every day.
Pablo usually (sit) ____ in the front row. Today he (be) _ absent. He (be) _____ absent two dayss ago too.
Complete de sentences. Use the past form of the verbs in the list.
Blow Grow Swim
Draw Hurt Throw
Fall Keep Win
Feel Know
1. A: Did you enjoy tennis game with Jackie?
B: Yes,but I lost. Jackie ________
2. A: how did you break your leg?
B: I ____l down on the ice on the sidewalks.
3. A: Ouch!
B: Whats the matter?
A: I _____ my finger
B: How?
A: I pinched in the door.
4. A: did you give the box of candy to your girlfriend?
B: no, I didn’t. I _____ it and are it myself.
5. A: That’s nice picture.
B: I agree. Anna _____it. She’s good artist.
6. A: Did you have garden when you lived at home?
B: Yes. I _____ vegetables and flowers.
7. A: Did you finish the test?
B: No. I didn’t have enough time. I _____ all of the answers but I ran out of time.
8. A: Did you have fun at the beach?
B: Lost of fun. We sunbathed and ______in the ocean.
9. A: I burned my finger.
B: Did you put ice on it?
A: No. I _____ on it.
10. A: What’s the matter ? You sound like you have a frog in your thoat.
B: I think I’m catching a cold. I _____ okay.
Yesterday, but I don’t feel very good today.
11. A: How did you beak the window, Tommy?
B: Well, I _____ a ball to Annie, but I missed Annie and hit window instead.
Complete de sentences. Use the past form of the verbs in the list.
Catcht leave grow spend steal sing win
Met know fall throw brake fly wear
Cost see loose make begin take
1. When I went to the airport yesterday. I ________a taxi.
2. I _______ my winter jacket yesterday because I was cold
3. Tom bought a new tie. It _______a lot because it was a hand-painet silk tie.
4. Laurie doesn’t feel good. She _______ a cold a couple of days ago.
5. Leo could read the story easly. The words in the story weren’t new for him. He _____the vocabulary in the story.
6. I know Ronald Sawyer. I _____ him at a party a couple of weeks ago.
7. My hometown is Ames, Iowa. I _____up there.
8. I dropped my book. It _______ to the floor.
9. Ken couldn’t get into his apartment because he _____his keys.
10. We _____ a lot of money at the restaurant last night. The food was good, but expensive.
11. The baseball player ________ the ball to the catcher.
12. I wrote a check yesterday. I _______a mistake on the check, so I tore it up and wrote another one.
13. Someone _______ my bicycle, so I called the police.
14. Maggie didn’t tell a lie. She _____ the truth.
15. Rick ______ his arm when he fell on the ice.
16. We were late for the movie. It _____al 7:00, but we didn’t get there until 7:15.
17. We _______songs at the party last night and had good time.
18. I _____ to Chicago last week . The plane was only 5 minutes late.
19. My plane _______al 6:30 and arrived al 8:45.
20. We played a soccer game yesterday . The other team _____We lost.
Balance mess rewind tournament
Delete misunderstood scrap unemployed
Files move out slipped wallpaper
Hamster passport suspect wisdom
1. My father is wearing a cast on his leg. He lost his ________ and fell off a ladder.
2. Don’t forget to take your _______ with you when you when you leave the country.
3. The paiter says we need new _______ in our living room.
4. The police finally arrested the _____ in all the robberies in our neighbourhood.
5. My son is growing up. Last week he learned how to ______ his shoes.
6. I’m sorry, I missed your barbecue last week. It completely_______ my mind.
7. Edward couldn’t finish making his cake. He ran out of __________.
8. many people need to have their _________ teeth removed.
9. It’s difficult for parents to adjunst when their children grow up and ______ on their own.
10. The McDonalds had to get rid of their cat because Mr. McDonald was ______ to it.
11. It isn’t good idea to ______ your job if the economy isn’t good.
12. My friends and I did our homework incorrectly. We must have __________ the directions.
13. Our _______ got out of its cage and made a big mess in the kitchen.
14. Hers. You can use this. It’s just a piece of ______ paper.
15. I hope I find a job soon. I hate being _______.
16. Cindy is a talented athlete. She won the school tennis __________ again.
17. Before you use the VCR, you need to _________ the tape
18. be carefull. Don’t hit the wrong key ________ all the ______ on your computer.
lunes, 3 de marzo de 2008
derecho laboral 2

TAREA hacer un ensayo para el 5 de marzo
SERVICIO NACIONAL DEL EMPLEO, CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
Artículo 537.- El servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento, tendrá los siguientes objetivos:
I. Estudiar y promover la generación de empleos
II. Promover y supervisar la colocación de los trabajadores
III. Organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores y
IV. Registrar las constancias de habilidades laborales
Artículo 538.- El servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento estará a cargo de la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de las unidades administrativas de la misma, a las que competan las funciones correspondientes, en los términos de su reglamento interior.
Artículo 539.- De conformidad con lo que dispone el artículo que antecede y para los efectos del 537 a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponden las siguientes actividades:
I. En materia de promoción de empleos:
a) Practicar estudios para determinar las causas del desempleo y del subempleo de la mano de obra rural y urbana.
b) Analizar permanentemente el mercado de trabajo, estimando su volumen y sentido de crecimiento
c) Promover, directa o indirectamente el aumento de las oportunidades de empleo
d) Formular y actualizar permanentemente el catálogo nacional de ocupaciones en coordinación con la Secretaría de Educación Pública.
e) Practicar estudios y formular planes y proyectos para impulsar la ocupación en el país, así como procurar su correcta ejecución.
f) Proponer lineamientos para orientar la formación profesional hacia las áreas con mayor demanda de mano de obra
g) Proponer la celebración de convenios en materia de empleo, entre la federación y las entidades federativas y
h) En general realizar todas aquellas que las leyes y reglamentos encomienden a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en esta materia
tarea 2 para el martes 11 de marzo
hacer un cuestionario de 20 preguntas
TAREA
DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO
PRINCIPIOS DEL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO
Publicidad, oralidad, sencillez, inmediatez, suplencia de la queja, instancia de parte, economía procesal, concentración.
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Las autoridades administrativas y judiciales están obligadas, dentro de la esfera de sus respectivas competencias, a auxiliar a las de Conciliación y Arbitraje; si se negaren a ello, serán responsables en los términos de las leyes aplicables al caso. Las Juntas se auxiliarán entre sí en el ejercicio de sus funciones.(Art.688 LFT).
CAPACIDAD Y PERSONALIDAD
Artículo 689.- Son partes en el proceso del trabajo las personas físicas o morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u opongan excepciones.
Artículo 690.- Las personas que puedan ser afectadas por la resolución que se pronuncie en un conflicto podrán intervenir en él, comprobando su interés jurídico en el mismo, o ser llamadas a juicio por la junta.
Artículo 691.- Los menores trabajadores tienen capacidad para comparecer a juicio sin necesidad de autorización alguna, pero en el caso de no estar asesorados en juicio, la junta solicitará la intervención de la procuraduría de la defensa del trabajo para tal efecto. Tratándose de menores de 16 años, la procuraduría de la defensa del trabajo les designará un representante.
Artículo 692.- Las partes podrán comparecer a juicio en forma directa o por conducto de apoderado legalmente autorizado.
TÉRMINOS Y NOTIFICACIÓN
Los términos comenzarán a correr el día siguiente al en que surta efectos la notificación y se contará en ellos el día del vencimiento.
Artículo 734.- En ningún término se contarán los días en que no pueden tener lugar actuaciones ante la junta, salvo disposición contraria de esta ley.
Artículo 735.- Cuando la realización o práctica de algún acto procesal o el ejercicio de un derecho, no tengan fijado un término, éste será el de tres días hábiles.
Artículo 736.- Para computar los términos, los meses se regularán por el de 30 días naturales y los días hábiles se considerarán de 24 horas naturales, contados de las 24 a las 28 horas, salvo disposición contraria de esta ley.
Artículo 737.- Cuando el domicilio de la persona demandada se encuentre fuera del lugar de residencia de la junta, esta podrá ampliar el término de que se trate, en función de la distancia a razón de un día por cada 200 kilómetros, de 3 a 12 días, tomando en cuenta los medios de comunicación existentes.
Artículo 738.- Transcurridos los términos fijados a las partes, se tendrá por perdido su derecho que debieron ejercitar, sin necesidad de acusar rebeldía.
DE LAS NOTIFICACIONES:
Artículo 739.- Las partes en su primera comparecencia o escrito, deberán señalar domicilio dentro del lugar de residencia de la junta para recibir notificaciones, sino lo hacen las notificaciones personales se harán por boletín o por estrados, según el caso en los términos previstos en esta ley.
Asimismo, deberán señalar domicilio en el que deba hacerse la primera notificación a la persona o personas contra quienes promuevan. Cuando no se localice a la persona, la notificación se hará en el domicilio que se hubiere señalado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 712 de esta ley, y faltando ese, la notificación se hará en el último local o lugar de trabajo en donde se prestaron los servicios y en estos casos se fijarán las copias de la demanda en los estrados de la junta.
Artículo 740.- Cuando en la demanda no se haya expresado el nombre del patrón o de la empresa en que trabajo o trabajo el trabajador, la notificación personal de la misma se sujetará al procedimiento establecido en el artículo 743 en lo conducente, debiendo cerciorarse el actuario de que el lugar donde efectúa la notificación es precisamente el del centro de trabajo donde presta o prestó sus servicios el demandante y la notificación se entenderá hecha al patrón aunque al hacerla se ignore el nombre del mismo.
Artículo 741.- Las notificaciones personales se harán en el domicilio señalado en autos, hasta en tanto no se designe nueva casa o local para ello y las que se realicen en estas condiciones, surtirán plenamente sus efectos.
Artículo 742.- Se harán personalmente las notificaciones siguientes:
I. El emplazamiento a juicio y cuando se trate del primer proveído que se dicte en el mismo.
II. El auto de radicación del juicio, que dicten las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los expedientes que les remitan otras juntas.
III. La resolución en que la junta se declare incompetente.
IV. El auto que recaiga al recibir la sentencia de amparo.
V. La resolución que ordene la reanudación del procedimiento, cuya tramitación estuviese interrumpida o suspendida por cualquier causa legal.
VI. El auto que cite a absolver posiciones.
VII. La resolución que deban conocer los terceros extraños al juicio.
VIII. El laudo.
IX. El auto que conceda término o señale fecha para que el trabajador sea reinstalado.
X. El auto por el cual se ordena la reposición de actuaciones.
XI. En los casos a que se refiere el artículo 772 de esta ley y;
XII. En casos urgentes o cuando concurran circunstancias especiales a juicio de la junta.
EXHORTOS Y DESPACHOS, INCIDENTES
Artículo 753.- Las diligencias que no puedan practicarse en el lugar de residencia de la junta que conozca del juicio, deberán encomendarse por medio de exhorto al presidente de la junta de conciliación o de conciliación y arbitraje o al de las especiales, o a la autoridad mas próxima al lugar en que deban practicarse dentro de la república mexicana.
Artículo 754.- Las diligencias que se practiquen en el extranjero, únicamente se autorizarán cuando se demuestre que son indispensables para probar los hechos fundamentales de la demanda o de su contestación.
En el caso a que se refiere el párrafo anterior, se librará el despacho correspondiente, tomando en cuenta lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales.
Artículo 755.- A falta de tratados o convenios, deberá estarse a las siguientes reglas:
I. Los despachos serán remitidos por vía diplomática, al lugar de su residencia de la autoridad correspondiente, debiendo ser legalizadas las firmas de las autoridades que los expidan y.
II. No será necesaria la legalización de firmas, si las leyes o prácticas del país a donde se libre el despacho no establecen ese requisito.
Artículo 756.- En los exhortos que deban ser diligenciados dentro de la república mexicana no se requiere la legalización de firmas de la autoridad que los expida.
Artículo 757.- La junta deberá expedir los exhortos y despachos al día siguiente de aquel en que surta sus efectos la resolución que los ordene.
Artículo 758.- Los exhortos y despachos que reciban las autoridades a que se refiere el artículo 753, se proveerán dentro de las 72 horas siguientes a su recepción y se deberán diligenciar dentro de los 5 días siguientes, salvo en los casos en que por la naturaleza de lo que haya de practicarse, exija necesariamente mayor tiempo, en este caso, la autoridad requerida fijará el que crea conveniente sin que el término fijado pueda exceder de 15 días.
Artículo 759.- Cuando se demore el cumplimiento de un exhorto, se recordará de oficio o a instancia de parte, a la autoridad exhortada, si a pesar del recordatorio continúa la demora, la autoridad exhortante lo pondrá en conocimiento del superior inmediato del exhortado.
Artículo 760.- La junta a solicitud de parte, podrá entregar el exhorto y sus anexos al oferente previa razón que deje en autos, quien bajo su más estricta responsabilidad lo entregará a la autoridad exhortada para su diligenciamiento.
El oferente devolverá el exhorto diligenciado bajo su más estricta responsabilidad a la exhortante.
MEDIOS DE IMPUGNACIÓN: REVISIÓN DE LOS ACTOS DE EJECUCIÓN DE LOS ACTUARIOS
Contra actos de los presidentes, actuarios o funcionarios legalmente habilitados, en ejecución de los laudos, convenios, de las resoluciones que ponen fin a las tercerías y de los dictados en las providencias cautelares, procede la REVISIÓN. (Art.849 LFT).
La REVISIÓN deberá presentarse por escrito ante la autoridad competente, dentro de los tres días siguientes al en que se tenga conocimiento del acto que se impugne. (Art.851 LFT).
Procede la RECLAMACIÓN contra las medidas de apremio que impongan los presidentes de las Juntas de Conciliación, de las Juntas Especiales y de las de Conciliación y Arbitraje, así como de los auxiliares de éstas.(Art.853 LFT).
2.20.8. PRUEBA, MEDIOS DE PRUEBA, PRINCIPIOS GENERALES DE LAS PRUEBAS, CARGA DE PRUEBAS
Artículo 776: Son admisibles en el proceso todos los medios de prueba que no sean contrarios a la moral y al derecho, y en especial los siguientes:
I. Confesional;
II. Documental;
III. Testimonial;
IV. Pericial;
V. Inspección;
VI. Presuncional;
VII. Instrumental de actuaciones; y
VIII. Fotografías y, en general, aquellos medios aportados por los descubrimientos de la ciencia.
Artículo 777: Las pruebas deben referirse a los hechos controvertidos cuando no hayan sido confesados por las partes.
Artículo 778: Las pruebas deberán ofrecerse en la misma audiencia, salvo que se refieran a hechos supervenientes o que tengan por fin probar las tachas que se hagan valer en contra de los testigos.
Artículo 779: La Junta desechará aquellas pruebas que no tengan relación con la litis planteada o resulten inútiles o intrascendentes, expresando el motivo de ello.
Artículo 780: Las pruebas se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo.
Artículo 781: Las partes podrán interrogar libremente a las personas que intervengan en el desahogo de las pruebas sobre los hechos controvertidos, hacerse mutuamente las preguntas que juzguen convenientes, y examinar los documentos y objetos que se exhiban.
Artículo 782: La Junta podrá ordenar con citación de las partes, el examen de documentos, objetos y lugares, su reconocimiento por actuarios o peritos y, en general, practicar las diligencias que juzgue conveniente para el esclarecimiento de la verdad y requerirá a las partes para que exhiban los documentos y objetos de que se trate.
Artículo 783: Toda autoridad o persona ajena al juicio que tenga conocimiento de hechos o documentos en su poder que puedan contribuir al esclarecimiento de la verdad, está obligada a aportarlos, cuando sea requerida por la Junta de Conciliación o de Conciliación y Arbitraje.
Artículo 784: La Junta eximirá de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para tal efecto requerirá al patrón para que exhiba los documentos que, de acuerdo con las leyes, tiene la obligación legal de conservar en la empresa, bajo el apercibimiento de que de no presentarlos, se presumirán ciertos los hechos alegados por el trabajador. En todo caso, corresponderá al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre:
I. Fecha de ingreso del trabajador;
II. Antigüedad del trabajador;
III. Faltas de asistencia del trabajador;
IV. Causa de rescisión de la relación de trabajo;
V. Terminación de la relación o contrato de trabajo para obra o tiempo determinado, en los términos del artículo 37 fracción I y 53 fracción III de esta Ley;
VI. Constancia de haber dado aviso por escrito al trabajador de la fecha y causa de su despido;
VII. El contrato de trabajo;
VIII. Duración de la jornada de trabajo;
IX. Pagos de días de descanso y obligatorios;
X. Disfrute y pago de las vacaciones;
XI. Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad;
XII. Monto y pago del salario;
XIII. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; y
XIV. Incorporación y aportación al Fondo Nacional de la Vivienda.
Artículo 785: Si alguna persona no puede, por enfermedad u otro motivo justificado a juicio de la Junta concurrir al local de la misma para absolver posiciones o contestar un interrogatorio; previa comprobación del hecho, mediante certificado médico u otra constancia fehaciente que se exhiba, bajo protesta de decir verdad, ésta señalará nueva fecha para el desahogo de la prueba correspondiente; y de subsistir el impedimento, el médico deberá comparecer, dentro de los cinco días siguientes, a ratificar el documento en cuyo caso, la Junta deberá trasladarse al lugar donde aquélla se encuentre para el desahogo de la diligencia.
este archivo es
leerlo y estudiarlo para el examen
LEER Y ESTUDIARLO
RESOLUCIONES DE LOS TRIBUNALES LABORALES: ACUERDOS, AUTOS INCIDENTALES, RESOLUCIONES INTERLOCUTORIAS, LAUDOS
Las resoluciones de los tribunales laborales son:
I.- ACUERDOS: Si se refieren a simples determinaciones de trámite o cuando decidan cualquier cuestión dentro del negocio;
II.- AUTOS INCIDENTALES ó RESOLUCIONES INTERLOCUTORIAS: Cuando resuelven dentro o fuera de juicio un incidente, y
III.- LAUDOS: Cuando deciden sobre el fondo del conflicto.
ARRAIGO Y SECUESTRO PROVISIONAL
Los presidentes de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, o los de las especiales de las mismas, a petición de parte, podrán decretar las siguientes providencias precautorias. (Art.857 LFT):
I.- ARRAIGO: Cuando haya temor de que se ausente u oculte la persona contra quien se entable o se haya entablado una demanda, y
II.- SECUESTRO PROVISIONAL: Cuando sea necesario asegurar los bienes de una persona, empresa o establecimiento; y evitar que la parte responsable se declare insolvente.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Es el procedimiento mediante el cual se van a tramitar y resolver los conflictos individuales y colectivos de naturaleza jurídica que no tengan una tramitación especial en la LFT.
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
Artículo 892: Las disposiciones de este Capítulo rigen la tramitación de los conflictos que se susciten con motivo de la aplicación de los artículos 5to. Fracción III; 28, fracción III; 151; 153, fracción X; 158; 162; 204, fracción IX; 209, fracción V; 210; 236, fracciones II y III; 389; 418; 425, fracción IV; 427 fracciones I, II y VI; 434, fracciones I, III y V; 439; 503 y 505 de esta Ley y los conflictos que tengan por objeto el cobro de prestaciones que no excedan del importe de tres meses de salarios.
Artículo 893: El procedimiento se iniciará con la presentación del escrito de demanda, en el cual el actor podrá ofrecer sus pruebas ante la Junta competente, la cual con diez días de anticipación, citará a una audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución, la que deberá efectuarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que se haya presentado la demanda o al concluir las investigaciones a que se refiere el artículo 503 de esta Ley.
Artículo 894: La Junta, al citar al demandando, lo apercibirá que de no concurrir a la audiencia a que se refiere el artículo siguiente, dará por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo que sean contrarias a lo dispuesto por la Ley.
Artículo 895: La audiencia de conciliación, demanda y excepciones, pruebas y resolución, se celebrará de conformidad con las normas siguientes:
I. La Junta procurará avenir a las partes, de conformidad con las fracciones I y II del artículo 876 de esta Ley;
II. De no ser posible lo anterior, cada una de las partes expondrá lo que juzgue conveniente, formulará sus peticiones y ofrecerá y rendirá las pruebas que hayan sido admitidas;
III. Si se ofrece el recuento de los trabajadores, se observarán las disposiciones contenidas en el artículo 931 de esta Ley; y
IV. Concluida la recepción de las pruebas, la Junta oirá los alegatos y dictará resolución.
Artículo 896: Si no concurre el actor o promovente a la audiencia, se tendrá por reproducido su escrito o comparecencia inicial, y en su caso, por ofrecidas las pruebas que hubiere acompañado. Si se trata de la aplicación del artículo 503 de esta Ley, la Junta, dictará su resolución tomando en cuenta los alegatos y pruebas aportadas por las personas que ejercitaron derechos derivados de las prestaciones que generó el trabajador fallecido.
Cuando se controvierta el derecho de los presuntos beneficiarios, se suspenderá la audiencia y se señalará su reanudación dentro de los quince días siguientes, a fin de que las partes puedan ofrecer y aportar las pruebas relacionadas con los puntos controvertidos.
Si no concurren las demás partes, se hará efectivo el apercibimiento a que se refiere el artículo 894 de esta Ley.
Artículo 897: Para la tramitación y resolución de los conflictos a que se refiere este Capítulo, la Junta se integrará con el Auxiliar, salvo los casos de los artículos 389; 418; 424, fracción IV; 427, fracciones II, III y VI; 434, fracciones I, III y V; y 439, de esta Ley, en los que deberá intervenir el Presidente de la Junta o el de la Junta Especial.
Artículo 898: La Junta, para los efectos del artículo 503 de esta Ley, solicitará al patrón le proporcione los nombres y domicilios de los beneficiarios registrados ante él y en las instituciones oficiales; podrá además ordenar la práctica de cualquier diligencia, o emplear los medios de comunicación que estime pertinente, para convocar a todas las personas que dependían económicamente del trabajador fallecido a ejercer sus derechos ante la Junta.
CONFLICTOS COLECTIVOS DE NATURALEZA ECONÓMICA
Artículo 900: Los conflictos colectivos de naturaleza económica, son aquéllos cuyo planteamiento tiene por objeto la modificación o implantación de nuevas condiciones de trabajo, o bien, la suspensión o terminación de las relaciones colectivas de trabajo, salvo que la presente Ley señale otro procedimiento.
Artículo 901: En la tramitación de los conflictos a que se refiere este Capítulo, las Juntas deberán procurar, ante todo, que las partes lleguen a un convenio. A este fin, podrán intentar la conciliación en cualquier estado del procedimiento, siempre que no se haya dictado la resolución que ponga fin al conflicto.
Artículo 902: El ejercicio del derecho de huelga suspende la tramitación de los conflictos colectivos de naturaleza económica, pendientes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje y la de las solicitudes que se presenten, salvo que los trabajadores manifiesten por escrito, estar de acuerdo en someter el conflicto a la decisión de la Junta.
No es aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando la huelga tenga por objeto lo señalado en el artículo 450, fracción VI.
Artículo 903: Los conflictos colectivos de naturaleza económica podrán ser planteados por los sindicatos de trabajadores titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de los trabajadores de una empresa o establecimiento, siempre que se afecte el interés profesional, o por el patrón o patronos, mediante demanda por escrito, la cual deberá contener:
I. Nombre y domicilio del que promueve y los documentos que justifiquen su personalidad;
II. Exposición de los hechos y causas que dieron origen al conflicto; y
III. Las pretensiones del promovente, expresando claramente lo que se pide.
Artículo 904: El promovente, según el caso, deberá acompañar a la demanda lo siguiente:
I. Los documentos públicos o privados que tiendan a comprobar la situación económica de la empresa o establecimiento y la necesidad de las medidas que se solicitan;
II. La relación de los trabajadores que prestan sus servicios en la empresa o establecimiento, indicando sus nombres, apellidos, empleo que desempeñan, salario que perciban y antigüedad en el trabajo;
III. Un dictamen formulado por el perito relativo a la situación económica de la empresa o establecimiento;
IV. Las pruebas que juzgue conveniente para acreditar sus pretensiones; y
V. Las copias necesarias de la demanda y sus anexos, para correr traslado a la contraparte.
Artículo 905: La Junta, inmediatamente después de recibir la demanda, citará a las partes a una audiencia que deberá efectuarse dentro de los cinco días siguientes.
Artículo 906: La audiencia se desarrollará de conformidad con las normas siguientes:
I. Si el promovente no concurre a la audiencia, se le tendrá por desistido de su solicitud;
II. Si no concurre la contraparte, se le tendrá por inconforme con todo arreglo. El promovente hará una exposición de los hechos y de las causas que dieron origen al conflicto y ratificará su petición;
III. Si concurren las dos partes, la Junta, después de oír sus alegaciones, las exhortará para que procuren un arreglo conciliatorio. Los miembros de la misma podrán hacer las sugestiones que juzguen convenientes para el arreglo del conflicto;
IV. Si las partes llegan a un convenio, se dará por terminado el conflicto. El convenio, aprobado por la Junta, producirá todos los efectos jurídicos inherentes a un laudo;
V. Si no se llega a un convenio, las partes harán una exposición de los hechos y causas que dieron origen al conflicto y formularán sus peticiones y a las que por su naturaleza no puedan desahogarse, se les señalará día y hora para ello;
VI. Concluidas las exposiciones de las partes y formuladas sus peticiones, se procederá a ofrecerse y en su caso, a desahogarse las pruebas admitidas;
VII. La Junta, dentro de la misma audiencia, designará tres peritos, por lo menos, para que investiguen los hechos y causas que dieron origen al conflicto, otorgándoles un término que no podrá exceder de treinta días, para que emitan su dictamen respecto de la forma en que, según su parecer, puede solucionarse el conflicto, sin perjuicio de que cada parte pueda designar un perito para que se asocie a los nombrados por la Junta o rinda dictamen por separado; y
VIII. Los trabajadores y los patrones podrán designar dos comisiones integradas con el número de personas que determine la Junta, para que acompañen a los peritos en la investigación y les indiquen las observaciones y sugestiones que juzguen conveniente.
Artículo 907: Los peritos designados por la Junta deberán satisfacer los requisitos siguientes:
I. Ser mexicanos y estar en pleno ejercicio de sus derechos;
II. Estar legalmente autorizados y capacitados para ejercer la técnica, ciencia o arte sobre el que verse el peritaje, salvo los casos en que no se requiera autorización, pero deberán tener los conocimientos de la materia de que se trate; y
III. No haber sido condenados por delito intencional.
Artículo 908: Las partes, dentro de los primeros diez días del término a que se refiere la fracción VII del artículo 906, podrán presentar directamente a los peritos, o por conducto de la Junta o a través de la Comisión, las observaciones, informes, estudios y demás elementos que puedan contribuir a la determinación de las causas que dieron origen al conflicto, para que sean tomados en cuenta por los peritos, en sus dictámenes.
Artículo 909: Los peritos nombrados por la Junta, realizarán las investigaciones y estudios que juzguen conveniente, y podrán actuar con la mayor amplitud, teniendo, además de las inherentes a su desempeño, las facultades siguientes:
I. Solicitar toda clase de informes y estudios de las autoridades y de las instituciones oficiales, federales o estatales y de las particulares que se ocupen de problemas económicos, tales como los institutos de investigaciones sociales y económicos, las organizaciones sindicales, las cámaras de comercio, las de industria y otras instituciones semejantes;
II. Practicar toda clase de inspecciones en la empresa o establecimiento y revisar sus libros y documentos; y
III. Examinar a las partes y a las personas relacionadas con los trabajadores o con la empresa, que juzguen conveniente.
Artículo 910: El dictamen de los peritos deberá contener, por lo menos:
I. Los hechos y causas que dieron origen al conflicto;
II. La relación entre el costo de la vida por familia y los salarios que perciban los trabajadores;
III. Los salarios medios que se paguen en empresa o establecimientos de la misma rama de la industria y las condiciones generales de trabajo que rijan en ellos;
IV. Las condiciones económicas de la empresa o empresas o del establecimiento o establecimientos;
V. La condición general de la industria de que forma parte la empresa o establecimiento;
VI. Las condiciones generales de los mercados;
VII. Los índices estadísticos que tiendan a precisar la economía nacional; y
VIII. La forma en que, según su parecer, pueda solucionarse el conflicto.
Artículo 911: El dictamen de los peritos se agregará al expediente y se entregará una copia a cada una de las partes.
El Secretario asentará razón en autos del día y hora en que hizo entrega de las copias a las partes, o de la negativa de éstas para recibirlas.
Artículo 912: Las partes, dentro de las setenta y dos horas de haber recibido copia del dictamen de los peritos, podrán formular las observaciones que juzguen convenientes en relación con los hechos, consideraciones y conclusiones del mismo dictamen.
La Junta, si se formulan objeciones al dictamen, citará a una audiencia a la que deberán concurrir los peritos para contestar las preguntas que les formulen las partes y en relación con los peritajes que rindieron; se podrán ofrecer pruebas, para que tengan por objeto comprobar la falsedad de los hechos y consideraciones contenidas en el dictamen.
Artículo 913: La Junta tiene las más amplias facultades para practicar las diligencias que juzgue convenientes, a fin de completar, aclarar o precisar las cuestiones analizadas por los peritos, así como para solicitar nuevos informes a las autoridades, instituciones y particulares a que se refiere el artículo 909, fracción I de este Capítulo, interrogar a los peritos o pedirles algún dictamen complementario o designar comisiones para que practiquen o realicen investigaciones o estudios especiales.
Artículo 914: Las autoridades, las instituciones y los particulares a que se refieren los artículos que anteceden, están obligadas a proporcionar los informes, contestar los cuestionarios y rendir las declaraciones que se les soliciten.
Artículo 915: Desahogadas las pruebas, la Junta concederá a las partes un término de setenta y dos horas para que formulen sus alegatos, por escrito, apercibidas que en caso de no hacerlo, se les tendrá por perdido su derecho.
Artículo 916: Transcurrido el término para la presentación de los alegatos, el auxiliar declarará cerrada la instrucción y dentro de los quince días siguientes formulará un dictamen que deberá contener:
I. Un extracto de las exposiciones y peticiones de las partes;
II. Un extracto del dictamen de los peritos y de las observaciones que hubiesen hecho las partes;
III. Una enumeración y apreciación de las pruebas y de las diligencias practicadas por la Junta;
IV. Un extracto de los alegatos; y
V. Señalará los motivos y fundamentos que puedan servir para la solución del conflicto.
Artículo 917: El dictamen se agregará al expediente y se entregará una copia a cada uno de los representantes de los trabajadores y de los patrones, ante la Junta. El Secretario asentará razón en autos del día y hora en que se hizo entrega de las copias o su negativa para recibirlos.
Artículo 918: El Presidente de la Junta citará para la audiencia de discusión y votación, que deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes al en que sean entregadas a los representantes las copias del dictamen, y se celebrará conforme a las reglas establecidas en el artículo 888 de esta Ley.
Artículo 919: La Junta, a fin de conseguir el equilibrio y la justicia social en las relaciones entre los trabajadores y patrones, en su resolución podrá aumentar o disminuir el personal, la jornada, la semana de trabajo, los salarios y, en general, modificar las condiciones de trabajo de la empresa o establecimiento, sin que en ningún caso pueda reducir los derechos mínimos consignados en las leyes.
EJECUCIÓN DEL EMBARGO Y REMATE
Artículo 950: Transcurrido el término señalado en el artículo 945, el Presidente, a petición de la parte que obtuvo, dictará auto de requerimiento y embargo.
Artículo 951: En la diligencia de requerimiento de pago y embargo se observarán las normas siguientes:
I. Se practicará en el lugar donde se presta o prestaron los servicios, en el nuevo domicilio del deudor o en la habitación, oficina, establecimiento o lugar señalado por el actuario en el acta de notificación de conformidad con el artículo 740 de esta Ley;
II. Si no se encuentra el deudor, la diligencia se practicará con cualquier persona que esté presente;
III. El Actuario requerirá de pago a la persona con quien entienda la diligencia y si no se efectúa el mismo procederá al embargo;
IV. El Actuario podrá, en caso necesario, sin autorización previa, solicitar el auxilio de la fuerza pública y romper las cerraduras del local en que se deba practicar la diligencia;
V. Si ninguna persona está presente, el actuario practicará el embargo y fijará copia autorizada de la diligencia en la puerta de entrada del local en que se hubiere practicado; y
VI. El Actuario, bajo su responsabilidad, embargará únicamente los bienes necesarios para garantizar el monto de la condena, de sus intereses y de los gastos de ejecución.
Artículo 952: Quedan únicamente exceptuados de embargo:
I. Los bienes que constituyen el patrimonio de familia;
II. Los que pertenezcan a la casa habitación, siempre que sean de uso indispensable;
III. La maquinaria, los instrumentos, útiles y animales de una empresa o establecimiento, en cuanto sean necesarios para el desarrollo de sus actividades. Podrá embargarse la empresa o establecimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 966 de esta Ley;
IV. Los meses antes de ser cosechadas, pero no los derechos sobre las siembras;
V. Las armas y caballos de los militares en servicio activo, indispensables para éste, de conformidad con las leyes;
VI. El derecho de usufructo, pero no los frutos de éste;
VII. Los derechos de uso y de habitación; y
VIII. Las servidumbres, a no ser que se embargue el fundo, a cuyo favor estén constituidas.
Artículo 953: Las diligencias de embargo no pueden suspenderse. El actuario resolverá las cuestiones que se susciten.
Artículo 954: El Actuario, tomando en consideración lo que expongan las partes, determinará los bienes que deban ser objeto del embargo, prefiriendo los que sean de más fácil realización.
Artículo 955: Cuando el embargo deba recaer en bienes que se encuentren fuera del lugar donde se practique la diligencia, el Actuario se trasladará al local donde manifieste la parte que obtuvo que se encuentran y previa identificación de los bienes, practicará el embargo.
Artículo 956: Si los bienes embargados fuesen dinero o créditos realizables en el acto, el Actuario trabará embargo y los pondrá a disposición del Presidente de la Junta, quien deberá resolver de inmediato sobre el pago del actor.
Artículo 957: Si los bienes embargados son muebles, se pondrán en depósito de la persona, que bajo su responsabilidad designe la parte que obtuvo. El depositario debe informar al Presidente ejecutor del lugar en que quedarán los bienes embargados bajo su custodia. La parte que obtuvo podrá solicitar el cambio de depositario.
Artículo 958: Si lo bienes embargados son créditos, frutos o productos, se notificará al deudor o inquilino, que el importe del pago lo haga al Presidente ejecutor, apercibido de doble pago en caso de desobediencia.
Artículo 959: El Actuario requerirá al demandando a fin de que le exhiba los documentos y contratos respectivos, para que en el acta conste y dé fe de las condiciones estipuladas en los mismos.
Artículo 960: Si llega a asegurarse el título mismo del crédito, se designará un depositario que lo conserve en guarda, quien estará obligado a hacer todo lo necesario para que no se altere ni menoscabe el derecho que el título represente, y a intentar todas las acciones y recursos que la Ley concede para hacer efectivo el crédito, quedando sujeto, además, a las obligaciones que impongan las leyes a los depositarios.
Artículo 961: Si el crédito fuese litigioso, se notificará el embargo a la autoridad que conozca del juicio respectivo, y el nombre del depositario, a fin de que éste pueda desempeñar las obligaciones que le impone la parte final del artículo anterior.
Artículo 962: Si los bienes embargados fueren inmuebles, se ordenará dentro de las veinticuatro horas siguientes, la inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
Artículo 963: Si el embargo recae en finca urbana y sus productos o sobre éstos solamente, el depositario tendrá el carácter de administrador con las facultades y obligaciones siguientes:
I. Podrá celebrar contratos de arrendamiento, conforme a estas condiciones: por tiempo voluntario para ambas partes; el importe de la renta no podrá ser menor al fijado en el último contrato; exigir al arrendatario las garantías necesarias de su cumplimiento; y recabar en todos los casos, la autorización del Presidente Ejecutor;
II. Cobrar oportunamente las rentas en sus términos y plazos, procediendo contra los inquilinos morosos con arreglo a la Ley;
III. Hacer sin previa autorización los pagos de los impuestos y derechos que cause el inmueble; y cubrir los gastos ordinarios de conservación y aseo;
IV. Presentar a la oficina correspondiente, las manifestaciones y declaraciones que la Ley de la materia previene;
V. Presentar para su autorización al Presidente Ejecutor, los presupuestos para hacer los gastos de reparación o de construcción;
VI. Pagar, previa autorización del Presidente Ejecutor, los gravámenes que reporta la finca; y
VII. Rendir cuentas mensuales de su gestión y entregar el remanente en un billete de depósito, que pondrá a disposición del Presidente Ejecutor.
El depositario que falte al cumplimiento de las obligaciones señaladas en este artículo, será acreedor a las sanciones previstas en las leyes respectivas.
Artículo 964: Si el embargo recae en una empresa o establecimiento, se observarán las normas siguientes:
I. El depositario será interventor con cargo a la caja, estando obligado a:
a) Vigilar la contabilidad:
b) Administrar el manejo de la negociación o empresa y las operaciones que en ella se practiquen, a fin de que produzcan el mejor rendimiento posible; y los demás actos inherentes a su cargo.
II. Si el depositario considera que la administración no se hace convenientemente o que pueda perjudicar los derechos del embargante, lo pondrá en conocimiento del Presidente Ejecutor, para que éste, oyendo a las partes y al interventor en una audiencia, resuelva lo que estime conveniente; y
III. Siempre que el depositario sea un tercero, otorgará fianza ante el Presidente Ejecutor, por la suma que se determine y rendirá cuenta de su gestión en los términos y forma que señale el mismo.
Artículo 965: El actor puede pedir la ampliación del embargo:
I. Cuando no basten los bienes embargados para cubrir las cantidades por las que se despachó ejecución, después de rendido el avalúo de los mismos; y
II. Cuando se promueva una tercería. El Presidente Ejecutor podrá decretar la ampliación si a su juicio concurren las circunstancias a que se refieren las fracciones anteriores, sin ponerlo en conocimiento del demandado.
Artículo 966: Cuando se practiquen varios embargos sobre los mismos bienes, se observarán las normas siguientes:
I. Si se practican en ejecución de créditos de trabajo, se pagará en el orden sucesivo de los embargos, salvo el caso de preferencia de derechos;
II. El embargo practicado en ejecución de un crédito de trabajo, aun cuando sea posterior, es preferente sobre los practicados por autoridades distintas de la Junta de Conciliación y de Conciliación y Arbitraje siempre que dicho embargo se practique antes que quede fincado el remate.
Cuando el Presidente Ejecutor tenga conocimiento de la existencia de un embargo, hará saber a la autoridad que lo practicó, que los bienes embargados quedan afectos al pago preferente del crédito de trabajo y continuará los procedimientos de ejecución hasta efectuar el pago. El saldo líquido que resulte después de hacer el pago, se pondrá a disposición de la autoridad que hubiese practicado el embargo.
Las cuestiones de preferencia que se susciten, se tramitarán y resolverán por la Junta que conozca del negocio, con exclusión de cualquiera otra autoridad; y
III. El que haya reembargado puede continuar la ejecución del laudo o convenio, pero rematados los bienes, se pagará al primer embargante el importe de su crédito, salvo el caso de preferencia de derechos.
Sección Tercera
Remates
Artículo 967: Concluidas las diligencias de embargo, se procederá al remate de los bienes, de conformidad con las normas contenidas en este Capítulo.
Antes de fincarse el remate o declararse la adjudicación, podrá el demandado liberar los bienes embargados, pagando de inmediato y en efectivo el importe de las cantidades fijadas en el laudo y los gastos de ejecución.
Artículo 968: En los embargos se observarán las normas siguientes:
A. Si los bienes embargados son muebles:
I. Se efectuará su avalúo por la persona que designe el Presidente Ejecutor;
II. Servirá de base para el remate el monto del avalúo; y
III. El remate se anunciará en los tableros de la Junta y en el Palacio Municipal o en la oficina de gobierno que designe el Presidente Ejecutor.
B. Si los bienes embargados son inmuebles:
I. Se tomará como avalúo el de un perito valuador legalmente autorizado, que será designado por el Presidente de la Junta;
II. El embargante exhibirá certificado de gravámenes expedido por el Registro
Público de la Propiedad, de diez años anteriores a la fecha en que ordenó el remate. Si en autos obrare ya otro certificado, sólo se pedirá al Registro, el relativo al período o períodos que aquél no abarque; y
III. El proveído que ordene el remate, se fijará en los tableros de la Junta y se publicará, por una sola vez, en la Tesorería de cada Entidad Federativa y en el periódico de mayor circulación del lugar en que se encuentren ubicados los bienes, convocando postores.
Se citará personalmente a los acreedores que aparezcan en el certificado de gravámenes, a efecto de que hagan valer sus derechos.
Artículo 969: Si los bienes embargados son una empresa o establecimiento se observará el procedimiento siguiente:
I. Se efectuará un avalúo por perito que se solicitará por el Presidente de la Junta a la Nacional Financiera, S. A., o a alguna otra institución oficial;
II. Servirá de base para el remate el monto de avalúo;
III. Es aplicable lo dispuesto en la fracción III referente a muebles; y
IV. Si la empresa o establecimiento se integra con bienes inmuebles, se recabará el certificado de gravámenes a que se refiere la fracción II del apartado B del artículo anterior.
Artículo 970: Postura legal es la que cubre las dos terceras partes del avalúo. La persona que concurra como postor, deberá presentar por escrito su postura y exhibir en un billete de depósito de la Nacional Financiera, S. A., el importe del diez por ciento de su puja.
Artículo 971: El remate se efectuará de conformidad con las normas siguientes:
I. El día y hora señalados se llevará a cabo en el local de la Junta correspondiente;
II. Será llevado a cabo por el Presidente de la Junta, quien lo declarará abierto;
III. El Presidente concederá un término de espera, que no podrá ser mayor de media hora, para recibir posturas;
IV. El Presidente calificará las posturas, y concederá un minuto entre puja y puja;
V. El actor podrá concurrir a la almoneda como postor, presentando por escrito su postura, sin necesidad de cumplir el requisito a que se refiere el artículo 974 de esta Ley; y
VI. El Presidente declarará fincado el remate a favor del mejor postor.
Artículo 972: La diligencia de remate no puede suspenderse. El Presidente de la
Junta resolverá de inmediato las cuestiones que planteen las partes interesadas.
Artículo 973: Si no se presentan postores, podrá el actor pedir se le adjudiquen los bienes por el precio de su postura, o solicitar la celebración de nuevas almonedas con deducción de un veinte por ciento en cada una de ellas. Las almonedas subsecuentes se celebrarán dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la anterior.
Artículo 974: El adjudicatario exhibirá dentro de los tres días siguientes, el importe total de su postura, apercibido de que de no hacerlo, la cantidad exhibida quedará en favor del actor; y el Presidente señalará nueva fecha para la celebración de la almoneda.
Artículo 975: Exhibido el importe total del precio de la adjudicación, el Presidente declarará fincado el remate y se observará lo siguiente:
I. Cubrirá de inmediato al actor y a los demás acreedores por su orden; y si hay remanente, se entregará al demandado;
II. Si se trata de bienes inmuebles, se observará;
a) El anterior propietario entregará al Presidente de la Junta, toda la documentación relacionada con el inmueble que se remató.
b) Si se lo adjudica el trabajador, deberá ser libre de todo gravamen, impuestos y derechos fiscales.
c) La escritura deberá firmarla el anterior propietario, dentro de los cinco días siguientes a la notificación que le haga el notario público respectivo. Si no lo hace,
el Presidente lo hará en su rebeldía; y
IV. Firmada la escritura, se pondrá al adquirente en posesión del inmueble.
martes, 26 de febrero de 2008
unidep derecho laboral 2
UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO PROFESIONAL
DERECHO LABORAL 2
Su trabajo consiste en lo siguiente
1.- analisar que se esta pidiendo en la demanda 1
2.- que derecho fueron vilados en la demanda 1
3.- QUE LE HACE FALTA AL DOCUMENTO 2
4.- ANTE QUE ES EL AMPARO DEL DOCUMENTO 3 OSEA PORQUE SE AMPARO
5.- REALIZA UN MAPA CONCEPTUAL DE DOCUMENTO 4 ( AMPARO)
6.- LLENAR LA DEMANDA
DOCUMENTO 5 DEMANDA LABORAL , CON 6 TRABAJADORES DESPEDIDOS INJUSTIFICADAMENTE QUE LABORABAN EN WALMART
7.- DOCUMENTO 6 DEMANDA LABORAL LLANAR LA DEMANDA CON ,OS DATOS DE 2 TRABAJADORES CON DESPIDO INJUSTIFICADO QUE LABORABAN EN HOTEL
8,. DOCUMENTO 7 SE CONETSTA DEMANDA
CONTESTARAN CON ESTE DOCTO, AMBAS DEMANDAS QUE REALIZARON
CADA DEMANDA DEBE CONTENER LO NESCARIO PARA PRESENTARLA
SERA ENTREGADA PARA EL LUNES 3 DE MARZO Y CUENTA COMO UN
EXAMEN. NO HAY OTRA FECHA PARA ENTREGA
eso si acomoden bien el escribo por si se des organiza
DEMANDA 1
EXPEDIENTE No.
JUICIO ARBITRAL LABORAL
DAVID ARMENTA CHIN
V.S
LUIS ELIAS FERNANDEZ E.
SE PRESENTA DEMANDA
H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACION
Y ARBITRAJE DEL ESTADO.
P r e s e n t e.-
SERGIO CORDOVA OLIVARRIA, mexicano, mayor de edad, promoviendo en representación de DAVID ARMENTA CHIN, tal y como lo acredito la Carta Poder que se anexa por separado, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en esta ciudad Hermosillo, Sonora en ENRIQUE QUIJADA 354, ENTRE GANDARA Y SIMON BLEY, COLONIA BALDERRAMA; solicitando se me reconozca la personalidad y las facultades conferidas, al igual que a los profesionistas mencionados en tal documento, en virtud de satisfacer los requisitos formales establecidos en el artículo 692 de la Ley Federal de Trabajo, a los C.C. LICS. MARTIN RICARDO MILLANES GAXIOLA MARTIN GARCIA FIMBRES, JAZMIN GUADALUPE MELENDRES AMAVIZCA, FELIPE DE JESUS MILLANES GAXIOLA, JUAN CARLOS TIRADO DE HARO, REYNA LUGO SOTO, MASSIEL SALAS AMAYA, LUIS ALEJANDRO BASURTO ALVARES y ADRIAN LAGARDA; Ante esta H. Autoridad, con el debido respetos comparezco y expongo:
Que con sustento legal vengo en el artículo 123 Apartado “A” Fracción XXII de la Constitución General de la República y artículos relativos y aplicables de la Ley Reglamentaria, CON LA REPRESENTACION QUÉ OSTENTO vengo demandando POR DESPIDO INJUSTIFICADO Y EQUIPARADO A LUIS ELIAS FERNANDEZ C. y/o A QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO, con domicilio en Avenida Quinta Alicia No. 23 Esquina Quinta Alondras; Fraccionamiento Las Quintas de la Ciudad de Hermosillo Sonora, reclamando en consecuencia, el pago y el cumplimiento de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
A) INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL.
B) SALARIOS CAIDOS.
C) VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL.
D) PRIMA DE ANTIGÜEDAD.
E) AGUINALDO.
F) SALARIO RETENIDO.
Se funda la presente demanda en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.
H E C H O S:
1.- Mi representado empezó a trabajar con el ahora demandado, previa la celebración de un Contrato de trabajo verbal y por tiempo indefinido, el día 5 de Noviembre de 1998 desempeñándose en el puesto de taquero. Recibiendo un salario de $50.00 pesos diarios, mismos que se le proporcionaba semanalmente en la fuente de trabajo ubicada en Avenida Quinta Mayor Esquina Quinta Alondras Colonia Las Quintas.
2.-El horario de trabajo pactado era de 08:00 a las 14:00 horas donde realizaba sus actividades, las cuales consistían en trasladar el inmueble donde se desempeñaba su labor, que consistía en una carreta de tacos y la materia de trabajo.
3.- El día lunes 23 de noviembre de 1998, mi representado acudió a la fuente de trabajo en el domicilio de Avenida Quinta Mayor No. 23 Esquina con Quinta Alondras Fraccionamiento Las Quintas, debido a que la materia de trabajo era procesada por el demandado, a partir del día 23 de noviembre de 1998 dejó de estar en su domicilio el demandado dejándole de pagar al actor el salario de los días del 16 al 22 de noviembre del mismo año y dejando sin empleo al mismo.
4.- Cabe mencionar que durante la relación de trabajo nunca recibió aguinaldo, vacaciones, ni prima vacacional.
5.- Durante la relación de trabajo no se le inscribió en el I.M.S.S., ni en el S.A.R., ni en el INFONAVIT, repercutiendo ello directamente en afectación de los intereses de mi representado, ya que la inscripción en las instituciones ya mencionadas represente un fondo para el retiro a su favor, así como la prestación para vivienda, sin perjuicio de los beneficios que implica el estar asegurado por alguna situación que ponga en peligro su integridad física o la de su familia, por lo que solicito a esta H. Junta se sirva llamarlos a juicio para aleguen lo que a su derecho competa.
Por lo anteriormente expuesto y fundado,
A ESTA H. JUNTA ATENTAMENTE SOLICITO:
UNICO: Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
SERGIO CORDOVA OLIVARRIA
Hermosillo, Sonora a 22 de Enero de 1999
DOCUMENTO 2
AVISO DE RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO.
LA EMPRESA THE COCA COLA COMPANY LE RESCINDE EN CONTRATATO DE TRABAJO AL SENOR RENE PARRA CORDOVA A PARTIR DEL DIA 16 DE NOVIEMBRE DE 1998.
LAS CUSALES DE RESCISION SE PRESENTARON DE LA SIGUIENTE FORMA LOS SIGUINETES DIAS:
1.-EL DIA 22 DE SEPTIEMBRE DE 1998 A ESO DE LAS 9:30 A.M. POR SU DESCUIDO DENTRO DE LA EMPRESA, EN SU AREA DE TRABAJO SE ORIGINO UNA FUGA DE GAS C02 POR LO QUE SE TUVO QUE EVACUAR A GRAN PARTE DEL PERSONAL DE LA EMPRESA PARA NO PONERE EN RIESGO SUS VIDAS.DE ESTE INCIDENTE SE DIERON CUENTA LOS MISMOS EMPLEADOS DIRECTIVOS POR DARSE CUENTA QUE ERA EN EL AREA DONDE DESEMPEÑA SUS LABORES DICHA PERSONA..
2.-EL DIA 30 DE SEPTIEMBRE DE 1998 SE LE SORPRENDIO A ESO DE LAS 16:00 ROBANDO EN EL ALMACEN DE MATEIALES PARA LLENADO DE BOTELLAS DE REFRESCO POR LO QUE AL HACERSE UN RECUENTO DE LOS MATERIALES SE NOTO EL FALTANTE DE ELLOS. ESTO FUE VISTO POR EL PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA MISMA EMPRESA POR LO QUE EL INCIDENTE SE REPORTO A LOS SUPERIORES PARA QUE TOMARAN CARTAS EN EL ASUNTO.
3.-EL DIA 2 DE NOVIEMBRE DE 1998 SE PRESENTO A SUS LABORES EN ESTADO ETILICO COMO A ESO DE LAS 10:00 A.M. SE LE DETECTO QUE SU ESTADO NO ERA NORMAL , NO DESARROLLABA SUS LABORES DE LA MANERA HABITUAL DE CÓMO LAS DESARROLLA DICHO EMPLEADO , POR LO QUE SE PROSIGUIO A SUSPENDÉRSELE DE LAS LABORES POR ESE DIA.DE ESTO SE DIERON CUENTA LOS JEFES DE SU DPTO. POR LO QUE SE AVISO A LOS SUPERIORES.
POR TAL MOTIVO EL TRABAJADOR RENE PARRA CORDOVA ACTUALIZO LAS CAUSAS DE RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO DEL ARTICULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO FRACCIONES:
VII.- COMPROMETER EL TRABAJADOR, POR SU IMPRUDENCIA O DESCUIDO INEXCUSABLE, LA SEGURIDAD DEL ESTABLECIMIENTO O DE LAS PERSONAS QUE LABOREN EN EL.
VIII.-COMETER EL TRABAJADOR ACTOS INMORALES EN EL ESTABLECIMIENTO O LUGAR DE TRABAJO.
XIII.-CONCURRIR EL TRABAJADOR A SUS LABORES EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ O BAJO LA INFLUENCIA DE ALGÚN NARCOTICO O DROGA ENERVANTE, SALVO, QUE EN ESTE ULTIMO CASO, EXSITA PRESCRIPCION MEDICA. ANTES DE INICIAR SU SERVICIO, EL TRABAJADOR DEBERA PONER EL HECHO EN CONOCIMIENTO DEL PATRON Y PRESENTAR LA PRESCRIPCION SUSCRITA POR EL MEDICO.
__________________ ____________________ ______________________
TESTIGO PATRON TESTIGO
DEMANDA 3 AMAPARO
AMPARO INDIRECTO No. _________.
SERGIO CEDANO FONCERRADA, Y OTROS
VS.
JUNTA ESPECIAL No. 23 DE LA FEDERAL DE CONCIALIACION Y ARBITRAJE
SE PRESENTA DEMANDA DE GARANTIAS.
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
P r e s e n t e .
C. JUAN CARLOS TIRADO DE HARO, mexicano, mayor de edad, promoviendo en representación de los directamente agraviados, SERGIO CEDANO FONCERRADA, FLORENTINO HIGUERA LEYVA, ERNESTO MARTINEZ COTA, ISAAC ESCALANTE ARCE, FLORENTINO OLEA IÑIGO, FRANCISCO JAVIER CHAVEZ BONILLA, JOSE ARRIOLA CERVANTES, DEMETRIO QUINTERO MORENO, HIGINIO GOMEZ WILSON, FRANCISCO REAL PACHECO, FRANCISCO HURTADO BARBOSA, SALVADOR RUIZ ZAMORA, JUAN DUARTE CANTUA, VICENTE AGUILLERA VILLA, FRANCISCO MANUEL MARTINEZ ROBLES, MIGUEL GUADALUPE GARCIA PEREZ, MARITZA DEL SOCORRO CAMACHO MORENO, BLAS GILBERTO RIVERO VILLA, MARIANO ARNULFO TORES RIVERA, DAGOBERTO CAMACHO DURAN, RAFAEL GUZMAN ULLOA, JUAN CARLOS CUEN SILVA, DEOGRACIA LIZARRAGA IRIBARREN, JORGE LUIS CARRIZOZA VALENCIA, ROBERTO CALDERON LARIOS, ADIANA LOPEZ FIGUEROA, CONSUELO FIGUEROA VALENCIA, ARTURO MAGAÑA CARRILLO, RAQUEL CARAVEO SALINAS, GABRIEL ELENES JOSSAIN, SANDRA GUADALUPE LOPEZ FELIX, MANUEL CARRASCO CRUZ, VERONICA CAONCEPCION MORENO GOMEZ, HORTENSIA ESTRADA GARCIA, GRECO CALLESTEROS , según facultades que me fueron concedidas en la Carta Poder que obra en autos del expediente laboral respectivo y cuya personalidad ha sido admitida por la hoy responsable mediante auto de fecha trece de octubre de mil novecientos noventa y ocho, relativo a la radicación de la demanda ante dicha autoridad, mismo documento que se agrega para los efectos legales conducentes; señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, aún las de carácter personal, el que se ubica en calle Enrique Quijada No. 354 entre Gándara y Simón Bley de la colonia Balderrama de esta ciudad, autorizando en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo a los .C.C. LICS. MARTIN RICARDO MILLANES GAXIOLA, MARTIN GARCIA FIMBRES, REYNA LUGO SOTO, SERGIO CORDOVA OLIVARRIA Y MERCEDES MASSIEL SALAS AMAYA; ante usted, con el debido de los respetos comparezco y expongo:
Que mediante este escrito y además con fundamento en la fracción I del artículo 103 de la Constitución General de la República y sus correlativos de la Ley Reglamentaria, vengo a solicitar y solicito el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de la autoridad y con motivo de los actos a que más adelante habré de referirme, para lo cual, en estricto acatamiento a lo que dispone el artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS QUEJOSOS: Ya han quedado precisados en el proemio de este escrito.
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS. Son Terceros perjudicados La empresa FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO, con domicilio en ANTIGUA BODEGA EXPRESS DE LA ESTACION PITIC DEL FERROCARRIL, SALIDA NORTE DE ESTA CIUDAD.
III.- AUTORIDAD RESPONSABLE:
H. JUNTA ESPECIAL NUMERO 23 DE LA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, con domicilio bien conocido en Edificio SELAFE ubicado en calle Luis Donaldo Colosio Poniente sin número de esta Ciudad
IV.- ACTO RECLAMADO:
El AUTO de fecha trece de octubre de mil novecientos noventa y ocho, mismo que me fuera notificado en fecha del día 26 del mismo mes y año, dictado dentro del expediente número 848/98, relativo al Juicio Arbitral Laboral promovido por el suscrito en representación de los directamente agraviados EMILIO VERDUGO ESQUER, ISIDRO CHAVEZ LABORIN, FLORENCIO BORQUEZ GARCIA, MARTIN ENRIQUE BORQUEZ GARCIA Y JOSE GULLERMO CASTRO CASTRO en contra de Ferrocarriles Nacionales de México y a quien resulte responsable de la fuente de trabajo, mediante el cual la responsable señaló las nueve horas del día lunes diecinueve de abril de mil novecientos noventa y nueve para efectos de celebrarse la audiencia prevista por el artículo 873, de la Ley Federal del Trabajo.
V.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO QUE LOS HECHOS QUE ME CONSTAN Y QUE CONSTITUYEN ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO SON LOS SIGUIENTES:
1.- El día 11 de agosto de 1998, se presentó demanda laboral en contra de la empresa demandada, hoy tercero perjudicado, ante la autoridad responsable, demandando el otorgamiento de una pensión jubilatoria proporcional y las prestaciones accesorias a que mis representados tienen derecho, demanda que fue radicada bajo el expediente número 848/98.
2.- Mediante acuerdo de fecha 13 de octubre de 1998, la demanda mencionada fue radicada y fueron señaladas las NUEVE HORAS DEL DÍA LUNES DIECINUEVE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE para que tenga lugar la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas, prevista en el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo, contraviniendo lo establecido en el mismo numeral.
3.- Es el caso de que, en fecha 26 de octubre de este año, al suscrito , en representación de los actores del juicio laboral en cuestión, y directamente agraviados, me fue notificado el acuerdo a que me refiero en el punto inmediato anterior.
VI.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES CUYA VIOLACION SE RECLAMA. Artículo 14, 17 y 123 Constitucional, generándose en mi perjuicio los siguientes:
CONCEPTOS DE VIOLACION :
El artículo 14 de la Constitución General de la República establece expresamente que ninguna persona puede ser privado de sus bienes, propiedades O DERECHOS si no es mediante juicio seguido ante las autoridades previamente establecidas y cumpliendo LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO, es decir, que debe sujetarse el procedimiento a la legalidad previamente establecida.
Así, tenemos que el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo establece en lo conducente que la Junta, dentro de las 24 horas siguientes, contadas a partir del momento que reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, QUE DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES AL EN QUE HAYA RECIBIDO EL ESCRITO DE DEMANDA. Es decir, en el caso concreto la autoridad responsable, aplicando las disposiciones legales mencionadas debe fijar fecha para la continuación de la audiencia a más tardar para que celebre dentro de los quince días hábiles que sigan al día en que este H. Tribunal le notifique la resolución correspondiente a la responsable.
No obstante lo anterior, la Junta Especial Número 23 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, desatendiendo los preceptos mencionados y además los principios procesales que rigen en materia laboral, fundamentalmente el de INMEDIATEZ Y CELERIDAD PROCESAL, señaló para la continuación de la audiencia el día 19 de abril de 1999, lo que verdaderamente se antoja una burla en mi perjuicio ya que tal fecha fue señalada para celebrarse CIENTO DIECISIETE DIAS HABILES DESPUÉS, del término permitido por la ley, para la celebración de la audiencia, causándome con ellos notorios perjuicios puesto que independientemente de las violaciones formales a la legislación laboral, tal y como se podrá apreciar en su oportunidad, los directamente agraviados están demandando el otorgamiento de la pensión jubilatoria proporcional, es decir, actualmente se encuentran desempleados, por lo que se requiere de la intervención de la autoridad laboral para la obtención de ingresos económicos que constituye la fuente de ingreso propio y de mi familia, pero con la actuación de la Junta Responsable verdaderamente dudo que vaya a conseguir mi objetivo dentro de los términos de ley, violentando de esta manera las garantías de legalidad y seguridad jurídica establecidas en los preceptos constitucionales indicados con anterioridad, por lo que en su oportunidad deberá concederse el Amparo y Protección de la Justicia Federal que se invoca y por ende deberá ordenarse la emisión de un nuevo acuerdo en el que se consideren las proposiciones de derechos desatendidas y se resuelva señalando fecha para llevar a cabo la audiencia prevista por el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo conforme a la Ley dentro del término establecido en la misma.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted C. Juez, atentamente pido:
UNICO: Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
Hermosillo, Sonora, 28 de octubre de 1998.
C. JUAN CARLOS TIRADO DE HARO.
DOCUMENTO 4 ( AMPARO)
Expediente No.
AMPARO INDIRECTO
FULANO DE TAL VS.
JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE SONORA.
SE PRESENTA DEMANDA
C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO
P r e s e n t e .-
FULANO DE TAL, mexicano, mayor de edad, promoviendo por mi propio derecho, autorizando para que intervengan en el presente juicio como mis representantes y apoderados legales, en términos del artículo 4 de la Ley de Amparo, a los C.C. LICS, MARTIN RICARDO MILLANES GAXIOLA, DAVID RENE LOPEZ JACOBO, MARTIN GARCIA FIMBRES, SERGIO CORDOVA OLIVARRIA, JUAN CARLOS TIRADO DE HARO, MERCEDES MASSIEL SALAS AMAYA, YAZMIN GUADALUPE MELENDRES AMAVIZCA, FELIPE DE JESUS MILLANES GAXIOLA Y LUIS ALEJANDRO BASURTO ALVARES; señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en calle Enrique Quijada No. 354 entre Gándara y Simón Bley de la colonia Balderrama de esta ciudad, ante usted, con el debido de los respetos comparezco y expongo:
Que mediante este escrito y además con fundamento en la fracción I del artículo 103 de la Constitución General de la República y sus correlativos de la Ley Reglamentaria, vengo a solicitar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de la autoridad y con motivo de los actos a que más adelante habré de referirme, para lo cual, en estricto acatamiento a lo que dispone el artículo 116 de la Ley de Amparo, manifiesto:
I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Ya han quedado precisados en el proemio de este escrito.
II.- NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS TERCEROS PERJUDICADOS.
A) FULANO DE TAL, con domicilio en:
III.- AUTORIDADES RESPONSABLES:
JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE SONORA, con domicilio ampliamente conocido en Centro de Gobierno, Avenida Comonfort y Paseo Río Sonora, edificio Sonora,, planta baja, de esta ciudad.
IV.- ACTO RECLAMADO:
La falta de celeridad a la resolución del expediente, No. _______ violentando el artículo 771 de la Ley Federal del Trabajo.
BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD SE RELATAN LOS SIGUIENTES HECHOS QUE CONSTITUYEN ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO:
1.- El día ( ) del año ( ) el hoy quejoso presentó demanda de carácter laboral ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del estado de Sonora, en contra de ( ) y Quien Resulte Responsable de la Fuente de Trabajo, ejercitando la acción de ( ), y una serie más del mismo carácter laboral, correspondiéndole para su trámite el expediente número ( ).
2.- El día ( ) se llevó a cabo la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones prevista en el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo.
V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN GARANTIAS INDIVIDUALES VIOLADAS: 14, 17 y123 de la Constitución General de la República.
CONCEPTOS DE VIOLACION
El artículo 14 de la Constitución General de la República establece expresamente que ninguna persona puede ser privado de sus bienes, propiedades O DERECHOS si no es mediante juicio seguido ante las autoridades previamente establecidas y cumpliendo LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO, es decir, que debe sujetarse el procedimiento a la legalidad previamente establecida.
El artículo 17 de la Constitución General de la República, establece expresamente que
Así, tenemos que el artículo 771 de la Ley Federal del Trabajo establece en lo conducente que la Junta, dentro de las 24 horas siguientes, contadas a partir del momento que reciba el escrito de demanda, dictará acuerdo, en el que señalará día y hora para la celebración de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, QUE DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS SIGUIENTES AL EN QUE HAYA RECIBIDO EL ESCRITO DE DEMANDA. Es decir, en el caso concreto la autoridad responsable, aplicando las disposiciones legales mencionadas debe fijar fecha para la continuación de la audiencia a más tardar para que celebre dentro de los quince días hábiles que sigan al día en que este H. Tribunal le notifique la resolución correspondiente a la responsable.
No obstante lo anterior, la Junta Especial Número 23 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, desatendiendo los preceptos mencionados y además los principios procesales que rigen en materia laboral, fundamentalmente el de INMEDIATEZ Y CELERIDAD PROCESAL, señaló para la continuación de la audiencia el día 19 de abril de 1999, lo que verdaderamente se antoja una burla en mi perjuicio ya que tal fecha fue señalada para celebrarse CIENTO DIECISIETE DIAS HABILES DESPUÉS, del término permitido por la ley, para la celebración de la audiencia, causándome con ellos notorios perjuicios puesto que independientemente de las violaciones formales a la legislación laboral, tal y como se podrá apreciar en su oportunidad, los directamente agraviados están demandando el otorgamiento de la pensión jubilatoria proporcional, es decir, actualmente se encuentran desempleados, por lo que se requiere de la intervención de la autoridad laboral para la obtención de ingresos económicos que constituye la fuente de ingreso propio y de mi familia, pero con la actuación de la Junta Responsable verdaderamente dudo que vaya a conseguir mi objetivo dentro de los términos de ley, violentando de esta manera las garantías de legalidad y seguridad jurídica establecidas en los preceptos constitucionales indicados con anterioridad, por lo que en su oportunidad deberá concederse el Amparo y Protección de la Justicia Federal que se invoca y por ende deberá ordenarse la emisión de un nuevo acuerdo en el que se consideren las proposiciones de derechos desatendidas y se resuelva señalando fecha para llevar a cabo la audiencia prevista por el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo conforme a la Ley dentro del término establecido en la misma.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted C. Juez, atentamente pido:
UNICO: Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
Hermosillo, Sonora, 28 de octubre de 1998.
Por lo anteriormente expuesto y fundado,
A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO:
UNICO: Proveer conforme a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO
MARTIN RICARDO MILLANES GAXIOLA
Hermosillo, Sonora, 09 de diciembre de 1997
DOCUMENTO 5 DEMANDA LABORAL
JUICIO LABORAL
DESPIDO INJUSTIFICADO
_______________________
VS.
_______________________. Y/O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES.
H. JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
DEL ESTADO DE SONORA.
P R E S E N T E.-
_______________, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en ____________________ de esta ciudad de Hermosillo, Sonora, y autorizando para que intervengan en el presente juicio en los términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo a los C.C. LICS. _______, ante Usted con el debido respeto comparezco:
Mediante el presente escrito vengo a demandar formalmente y en vía ordinaria a (Nombre de la empresa) la cual tiene su domicilio en calle ________ de esta ciudad de Hermosillo, Sonora, así como a todos los que resulten responsables de la fuente de trabajo por el despido injustificado del señor ______________ y el pago de las siguientes prestaciones:
1.- Indemnización Constitucional
2.- Pago de los salarios que se dejen de percibir y los que se sigan dejando al seguirse el presente juicio laboral
3.- El pago de horas extras.
HECHOS:
1.- Es el caso que el día _______ celebre un contrato escrito con la Empresa ______________. y consistió en que el Señor ______________ prestaría sus servicios como electricista y este se comprometió a pagarle un salario de $1,500.00 pesos a la semana.
2.- El día _________ de este mismo año de forma inesperada y sin motivo alguno la Empresa ahora demandada y por conducto de mi jefe inmediato, se me despidió injustificadamente y bajo el argumento de que no rendía lo suficiente para la ocupación que desempeñaba.
3.- Es por esto que me veo en la necesidad de demandar en la vía ordinaria a la Empresa __________________. por despedirme injustificadamente de mi trabajo y no haberme pagado las prestaciones mencionadas en la parte inicial de esta demanda.
DERECHOS:
Son aplicables al asunto los artículos 123 de la Constitución Federal en sus fracciones XXII, 1, 2, 3, 5, Fracción XIII en relación con los artículos 123 de la Constitución al 8, 10, 11, 12, 17, 18, 26, 35, 46, 47, 50, 58, 76, 82, 84, 85, 89, 98, 117, 132 y demás relativos aplicables a la Ley Federal del Trabajo.
En cuanto al procedimiento, este se rige por lo dispuesto en los artículos 870 al 891 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a ustedes H. Junta de Conciliación y Arbitraje atentamente pido:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en los términos del presente juicio demandado a la Empresa _______________; y/o quienes resulten responsables.
SEGUNDO.- Que se le corra traslado de ley con copias simples de la demanda.
TERCERO.- Señalar día, hora y fecha de la celebración de la audiencia laboral en esta H. Junta de Conciliación y Arbitraje.
CUARTO.- En su oportunidad condenar al demandado al pago de todas y cada una de las prestaciones señaladas en el escrito de la demanda.
PROTESTO LO NECESARIO
HERMOSILLO, SONORA, A __________ .
__________________________________
DOCUMENTO 6 DEMANDA LABORAL
EXPEDIENTE No.
JUICIO LABORAL
_______________________
VS
(Nombre de la empresa)
(Nombre del dueño)
Y/O A QUIEN RESULTE
RESPONSABLE
H. JUNTA DE CONCILIACIÓN Y
ARBITRAJE EN EL ESTADO.
P R E S E N T E.-
_________________________, Mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones las oficinas en __________________ de esta ciudad y autorizando en los términos de los Artículos 692 y 696 de la Ley Federal del Trabajo a los C.C. LICS. _________________________, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que mediante el presente escrito, en ejercicio de la acción indemnizatoria, con fundamento en la fracción XXII del apartado A del Artículo 123 Constitucional, en la Vía ordinaria laboral, vengo a presentar formal demanda por DESPIDO INJUSTIFICADO, a la Empresa denominada _________________, Y/O A QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO EN LA QUE PRESTABA MIS SERVICIOS, quienes tienen su domicilio para ser debidamente emplazados en ______________________ de esta Ciudad, de las cuales reclamo el pago de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
1.- El pago y cumplimiento de la Indemnización Constitucional consistente en el pago de tres meses de salario diario integrado.
2.- El pago y cumplimiento de los salarios caídos desde la fecha del despido, hasta que se dé cumplimiento al laudo que recaiga en el presente Juicio.
3.- El pago de las prestaciones correspondientes a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, antigüedad, prima de antigüedad, que se me adeudan durante los cuatro años que duró la relación obrero-patronal incluyendo así mismo también la participación de los trabajadores en las utilidades (P.T.U.).
4.- El pago de las horas extras laboradas durante los cuatro años que duró la relación de trabajo, integrándose también a tal efecto las horas dobles y triples y que se me pagaron como horas ordinarias.
5.- El pago de todas aquellas prestaciones que conforme a la ley tenga derecho y que se hubieren omitido y así mismo se deriven de la relación de trabajo y que no hubieran sido cubiertas por la parte demandada.
Baso las siguientes prestaciones en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
H E C H O S:
1.- Que el día __________, inicie mis labores en la empresa _______________, ubicada en ________________, habiendo firmado un contrato de trabajo, el cual obra en poder del patrón y del cual omitió darme una copia del mismo.
2.- Hago constar que fui contratado para prestar los servicios de velador de la empresa _______________________ .
3.- Así mismo por el trabajo que prestaba recibía un salario diario de $ ______ , los cuales me eran pagados semanalmente por el patrón, de los cuales yo firmaba recibos que obran en poder del patrón.
4.- Durante todo el tiempo de la relación de trabajo, mis servicios los preste todos los días de la semana; de lunes a domingo sin disfrutar del día de descanso del que por ley tengo derecho.
5.- La jornada de trabajo para la que fui contratado fue de 6 P.M. a 6 A.M., de tal manera que la jornada que se consideraba la ordinaria fue la comprendida de las 6 P.M. A 1 A.M. , iniciándose a esa hora la jornada extraordinaria hasta las 6 A.M. , trabajando en total 5 horas extras durante todo el tiempo que duro la relación obrero-patronal; mismas horas que nunca me fueron cubiertas por lo que deberán integrarse al salario diario.
6.- Tal es el caso que el día _____________, salí de mi casa rumbo a mi trabajo, llegando a el faltando cinco minutos para las seis de la tarde, encontrándome ahí, con un señor al que conozco como ____________________, EL ADMINISTRADOR, quería hablar conmigo, a quien me dirigí y lo encontré en la puerta de su oficina que tiene en el mismo campo, y me dijo: “YA TENGO OTRO VELADOR Y EL TE VA A SUSTITUIR, TU YA NO VAS A LABORAR AQUÍ, POR LO QUE DESDE ESTE MOMENTO ESTAS DESPEDIDO”.
7.- Es el caso que el día siguiente regrese a la misma hora a requerir el pago de lo que se me debía por concepto de la indemnización a lo que el Sr. ___________________ me respondió, que no se me debía nada, y que no tenia nada que hacer ahí, que me fuera.
Por considerar del despido del que fui objeto carece de toda justificación jurídica, pues no se observaron las formalidades esenciales que se señalan en la parte final del Articulo 47 de la Ley Federal del Trabajo, es que estoy enderezando la presente demanda en contra de la Empresa denominada _________________, propiedad del Sr. __________________________, Y/O de QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO EN LA QUE PRESTABA MIS SERVICIOS.
D E R E C H O S:
Son aplicables en cuanto al fondo del presente juicio los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, ,8, 9, 10, 13, 16, 17, 20, 21, 25, 31, 35, 48, 58, 59, 69, 74, 87, 90, 98, y demás relativos y aplicables de LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
El procedimiento se regula por los Artículos 870 al 891 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado a esta H. Junta de Conciliación y Arbitraje en el Estado Sonora, atentamente pido:
PRIMERO: SE ME CONCEDA EL PAGO DE LAS PRESTACIONES A LAS QUE TENGO DERECHO Y ME CORRESPONDEN.
SEGUNDO: QUE SE ME TENGA POR PRESENTADA EN TIEMPO Y FORMA LA PRESENTE DEMANDA.
TERCERO: QUE SE ME TENGA POR ADMITIDO EL DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES Y POR RECONOCIDA LA PERSONALIDAD DE LOS APODERADOS LEGALES.
PROTESTO LO NECESARIO
HERMOSILLO SONORA; A ____________ .
_________________________________________
DOCUMENTO 7 SE CONETSTA DEMANDA
EXPEDIENTE No.
JUICIO: ARBITRAL LABORAL.
________________________
VS.
________________________
ASUNTO: SE CONTESTA DEMANDA.
H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN
Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE SONORA.
P R E S E N T E.-
______________________________, Mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en _________________________ de esta ciudad, autorizando al C. LIC. ____________________________, en los amplios términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo ante este H. Tribunal comparezco y expongo:
Que mediante el presente escrito, vengo dando en tiempo y forma contestación a la demanda interpuesta en mi contra por el Sr. _____________________, quién ha nombrado domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle __________________ de esta Ciudad, y la cual girara en torno a los siguientes puntos:
P R E S T A C I O N E S:
En forma genérica se niegan todas las prestaciones señaladas por la parte actora ya que en ningún momento hubo ningún despido, pero particularmente me refiero a las siguientes prestaciones:
a).- Se niega el pago toda vez que no existió despido alguno.
b).- En los mismos términos del inciso a) del presente capitulo no se ha cubierto el aguinaldo, ni se pagara por no estar en los términos y fechas que marca la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87.
c).- En lo referente a las vacaciones se niega su pago, ya que aún no ha llegado la fecha que se marca dentro de los términos del artículo 81.
d).- En referencia a la prima de antigüedad planteada no se entregara por no cumplirse con lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, ya que una de las condiciones que marca la Ley es que se haya presentado el despido y como nunca existió se niega el pago de la misma.
e).- La cantidad de horas extras reclamadas también se niegan puesto que nunca se laboraron horas extras para lo cual ofrecemos documental privada consistentes en tarjetas de entrada y salida y en ningún momento su jornada de trabajo a exigido de 8 horas de trabajo.
f).- Respecto al inciso g) del capitulo de prestaciones de la demanda se declaren improcedentes puesto que las condiciones para el pago de los mismos es que no se ha incumplido con el pago de los mismos, y por el contrario la actora no ha pasado a recibir los salarios devengados de su prestación de labores.
H E C H O S:
I.- Se acepta en su totalidad.
II.- Se acepta en su totalidad.
III.- Se niega en su totalidad por ser este narrado con falsedad, ya que en ningún momento la actora desempeño sus trabajos fuera de las horas ordinarias por lo tanto no se devengo ningún tipo de jornada extraordinaria.
IV.- Se niega en su totalidad, ya que jamas se le entrego cantidad alguna por concepto de ayuda para transportes ni por puntualidad.
V.- Se niega en su totalidad, ya que el día ____________, yo me encontraba fuera de la ciudad por cuestiones personales y me encontraba en la ciudad de Guaymas, Sonora.
Por lo anteriormente expuesto y fundado;
ANTE ESTE H. TRIBUNAL, MUY ATENTAMENTE SOLICITO:
PRIMERO.- Se me tenga por contestada en tiempo y forma la presente.
SEGUNDO.- Se autorice al profesionista indicado en el proemio de esta contestación, así como el señalamiento del domicilio.
TERCERO.- Se provee informe a derecho.
PROTESTO LO NECESARIO.
HERMOSILLO, SONORA; A __________________ .
________________________________________
jueves, 21 de febrero de 2008
casos tarea de negociacion sindical
CASOS
Caso Nº 1:
Existe incompatibilidad entre la gerencia y el resto de los agentes. Esta incompatibilidad es de carácter relativo, ya que el objeto es el mismo (conseguir una buena atención) pero no así los medios. Es un conflicto de procedimiento o instrumental.
Existe también interdependencia. Los roles son complementarios, uno no puede hacer algo sin que repercuta a los otros. Se produce una mayor interdependencia por el carácter convergente de los roles.
La razón del conflicto es la resistencia al cambio por parte de los trabajadores, ya que la mejora con la informatización es evidente. Resistencia al cambio por falta de control de la ansiedad ante la nueva situación a la que no se han ajustado. Ansiedad como situación circunstancial y como temor difuso o temor a lo desconocido.
Temiendo en cuenta todo esto; ¿qué posibilidades habría para intervenir?
- Persuasión: que la gerencia persuada a los trabajadores, que los forme, etc.
- Implosión: “todo el mundo se pone con su ordenador y punto”. Se crearía malestar
- Aprendizaje vicario: ponen a dos personas mostrando el nuevo sistema y se les deja a los trabajadores que se ocupen poco a poco. Así van viendo las ventajas y aprendiendo el sistema...
Caso Nº 2.
Existe incompatibilidad entre responsable municipal y profesores. Esta incompatibilidad es de carácter relativo, pues no existen objetivos contrapuestos.
Existe interdependencia entre ambos sectores, ya que lo que hace uno repercute sobre el otro. El factor desencadenante es el tiempo y la gestión del mismo. La asociación de padres también tiene cierta interdependencia desde el punto de vista de que poseen poder legal para intervenir en la formación de sus hijos.
Se trata de un conflicto de prioridades en el que unos quieren una cosa y otros, otra.
lunes, 18 de febrero de 2008
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